LAS CAMARAS DE COMERCIO PODRAN RECURRIR A LA AGENCIA TRIBUTARIA PARA COBRAR A LAS EMPRESAS QUE NO PAGUEN LA CUOTA

MADRID
SERVIMEDIA

Las Cámaras de Comercio e Industria podrán suscribir un convenio con la Agencia Triutaria para que ésta se encargue de cobrar las cuotas a las empresas que no les paguen.

Así se establece en la Ley de Cámaras de Comercio aprobada hoy definitivamente en el Congreso, tras convalidar las enmiendas incluidas a su paso por el Senado.

La ley también señala que Hacienda estará obligada a facilitar a las cámaras los datos tributarios de sus empresas afiliadas, a fin de poder hacer efectivo el pago de las cuotas.

Las cámaras tienen un grave problema de morosidad, ya que no consigue cobrar el 40 por ciento de las cuotas, según datos del Ministerio de Industria, como consecuencia de la resistencia de las empresas.

A este respecto, la ley intenta fijar un término medio entre las pretensiones de las cámaras y las de la patronal CEOE, ya que mantiene la cotización obligatoria de todas las empresas a estas instituciones, pero reduce sensiblemente su cuantía.

Concretamente, el tipo a pagar pasará del 1,5 por ciento de la cuota del Impuesto de Sociedades que representaba hasta ahoa al 0,75 por cien, en un plazo de cinco años. El tipo será inferior para las empresas con más de 5.000 millones de pesetas de beneficios.

También se rebajará la aportación de los empresarios individuales, que pasará del 4 al 2 por mil de los rendimientos declarados a partir del 95.

Tras aprobarse la ley, el Consejo de Cámaras de Comercio hizo público un comunicado en el que afirma que esta norma "consolida la naturaleza y las funciones" de estas instituciones.

A su juicio, la ley mantiene e sistema que prevalece en lso países miembros de la CE, "es decir, un modelo de cámaras públicas, en las que están integradas todas las empresas y que cuenta con unos recursos asignados por la propia norma".

(SERVIMEDIA)
11 Mar 1993
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