BRUSELAS PIDE QUE SE PROTEJAN LOS DERECHOS DE PENSION DE LOS TRABAJADORES QUE CAMBIEN DE EMPLEO ENTRE PAISES
- En los planes de pensiones de empresa
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La Comisión Europea pidió hoy a empresarios y sindicatos que traten de resolver los problemas que afectan a los trabajadores que ven reducidos sus derechos de pensión cuando cambian de empleo, fundamentalmente si se van a otro país y han participado en un plan de pensiones de empresa.
En un documento de consulta publicado hoy, la Comisión solicita a los agentes sociales que adapten los regímenes de pensiones profesionales bajo su responsabilidad de forma que los trabajadores que cambian de empleo o inerrumpen su carrera no sufran pérdidas indebidas de sus derechos de pensión.
El Ejecutivo comunitario invita a los interlocutores sociales a que negocien un convenio colectivo a escala europea que prevea disposiciones en materia de pensiones profesionales más favorables a la movilidad.
La comisaria de Empleo y Asuntos Sociales, Anna Diamantopoulou, afirmó que es "imprescindible una actuación a escala europea para garantizar que los trabajadores no vean disminuidos sus derechos cuando cambian de epleo. A tal fin, cuento con los interlocutores sociales para dar un paso decisivo en esta dirección".
Ante la necesidad de incrementar la movilidad laboral, también entre los Estados miembros, la Comisión constata que las normas actuales en materia de pensiones profesionales constituyen uno de los principales obstáculos a la movilidad profesional de los trabajadores.
Así, en algunos Estados miembros los trabajadores deben permanecer en el mismo empleo durante cinco años para poder adquirir derechs a una pensión profesional. Si un trabajador decide cambiar de empleo durante ese periodo, no adquirirá derechos de pensión con respecto al mismo.
Además, no todos los Estados miembros llevan a cabo una revisión de los derechos adquiridos por un trabajador en un empleo anterior con el fin de protegerles contra la inflación.
La transferencia de derechos entre diferentes tipos de regímenes o entre regímenes de distintos Estados miembros no siempre es posible, de forma que estos obstáculos repercutn negativamente en la movilidad profesional, tanto dentro de un país como en el conjunto de la UE, resalta la Comisión.
El Ejecutivo comunitario invita a empresarios y sindicatos a presentar propuestas sobre el contenido y el alcance que deben tener las medidas comunitarias, en particular la instauración de un marco general de requisitos mínimos.
La Comisión opina que una solución podría consistir en la reducción gradual de los periodos exigidos para la adquisición de derechos de pensión (periodo de cotización) o el reconocimiento de los periodos realizados en otro Estado miembro.
Los trabajadores deberían poder optar entre mantener los derechos adquiridos en el régimen inicial, o transferirlos a otro régimen, en su caso, en otro Estado miembro.
Los derechos latentes, adquiridos por un trabajador en un anterior régimen de pensión, deberían estar mejor protegidos contra el riesgo de inflación.
Se espera que, en principio, los interlocutores sociales respondan a la consulta en un plaz de seis semanas. En caso de que decidieran la negociación de un convenio colectivo, el plazo previsto a tal efecto es de nueve meses. A falta de respuesta por parte de los interlocutores sociales, la Comisión podrá proponer la legislación pertinente.
(SERVIMEDIA)
15 Sep 2003
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