OPA ENDESA

BRUSELAS EXIGE AL GOBIERNO QUE RETIRE LAS CONDICIONES A LA OPA DE E.ON, POR ILEGALES

BRUSELAS/MADRID
SERVIMEDIA

Las 19 condiciones impuestas por la Comisión Nacional de Energía (CNE) a la OPA de E.On sobre Endesa infringen el artículo 21 del Reglamento de Concentraciones comunitario, según ratificó hoy la Comisión Europea. Por ello, Bruselas exige al Gobierno español que las retire.

La decisión de la Comisión se sustenta en dos hechos. En primer lugar, la decisión de la CNE se adoptó y entró en vigor sin comunicación previa a la Comisión y sin que ésta la aprobara, infringiéndose la obligación de comunicación y suspensión del artículo 21.

En segundo lugar, la CNE impuso al proyecto de adquisición del control sobre Endesa por parte de E.ON una serie de condiciones que son contrarias a las normas del Tratado CE sobre libre circulación de capitales y derecho de establecimiento.

La decisión de la Comisión de que las condiciones impuestas por la CNE a E.ON son ilícitas exige a España que las retire. La decisión de la Comisión es vinculante y puede ser invocada ante un tribunal nacional o una autoridad pública en España.

La comisaria de competencia, Neelie Kroes, afirmó hoy que "la Comisión va a preservar su derecho de aplicar las normas comunitarias sobre control de las concentraciones en beneficio de todas las empresas y todos los ciudadanos del mercado interior".

El pasado 25 de abril, la Comisión concluyó que la operación proyectada por E.On constituía una concentración de dimensión comunitaria y la aprobó, al considerar que no obstaculizaba de forma significativa la competencia efectiva en el Espacio Económico Europeo ni en una parte sustancial de él.

Los Estados miembros no pueden aplicar su normativa nacional de competencia a operaciones como la OPA de E.On sobre Endesa, ni adoptar medidas que puedan prohibirlas, condicionarlas u obstaculizarlas (de hecho o de derecho), salvo que tales medidas protejan intereses distintos de la competencia y sean necesarias y proporcionales al objetivo de proteger intereses compatibles con todos los elementos del Derecho comunitario.

La seguridad pública, la pluralidad de los medios de comunicación y las normas prudenciales son intereses reconocidos como legítimos.

Las medidas que tienen por objetivo proteger uno de los intereses legítimos pueden adoptarse sin comunicación previa a la Comisión, incluso si se supone que pueden obstaculizar o prohibir una concentración de dimensión comunitaria, a condición de que sean proporcionadas y no discriminatorias, precisa la Comisión.

(SERVIMEDIA)
26 Sep 2006
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