EL BENEFICIARIO DE LOS 1.408 MILLONES DE LA QUINIELAS SOLO PAGARA IMPUESTOS POR LOS INTERESES
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El beneficiario de los 1.408 millones de pesetas tras acertar un pleno al 15 en la quiniela futbolística no tendrá que pagar nada a Hacienda por el Impuesto sobre la Renta durante el primer año, ya que este tipo de premios de Loterías del Estado están exentos de fiscalidad.
El acertante, pues, disfrutará integramente del dinero que le ha correspondid. Eso sí, pagará, como todos los españoles, el IVA de los bienes que adquiera y si se trata de un artículo de lujo o un coche, los impuestos especiales que estos productos soportan.
No obstante, no pagará nada por aumento de patrimonio, como ocurre cuando por ejemplo unos padres entregan dinero a su hijo para que adquiera un piso.
Una vez que pase una año desde la recepción del premio, el agraciado se verá obligado a declarar los intereses que perciba por su capital, que soportarán el tipo marginl máximo del IRPF, el 56%. En el caso concreto del ganador de Vallecas, recibiría al menos 15 millones de pesetas mensuales en rentas.
Este pago tendría que hacerlo a no ser que invierta en determinados instrumentos financieros, como fondos de inversión o planes de pensiones, con los que se puede conseguir desde eximirse del pago de impuestos, si se tiene el capital invertido durante varios años, o abonarlos en el momento de recuperar la inversión.
Otros premios, como los de la ONCE y la Cruz Roj, tienen el mismo tratamiento fiscal, según la Ley de IRPF de 1991. También se benefician de exenciones, las prestaciones públicas por actos de terrorismo, pensiones por incapacidad permanente, determinados premios literarios y las becas públicas para cursar estudios.
(SERVIMEDIA)
11 Mar 1996
L