AUDIENCIA.EL INSTRUCTOR PROPONE QUE TRES FISCALE SEAN SUSPENDIDOS DE SUS EMPLEOS POR COMETER FALTAS MUY GRAVES
-En el caso de Fungairiño y Márquez pide un mes de suspensión mientras que para Rubira solicita tres meses
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El instructor de los expedientes abiertos a los fiscales de la Audiencia Nacional Eduardo Fungairiño y María Dolores Márquez por la ocultación de un informe sobre el atentado perpetrado por ETA contra José María Aznar, notificó hoy a éstos su propuesta de sanción, en la que pide que sean suspendidos de susempleos y sueldos por el plazo de un mes.
Además, el instructor que tramita el expediente contra el fiscal Pedro Rubira, por la supuesta utilización de alumnos en prácticas para elaborar informes sobre causas abiertas, considera que éste debe ser sancionado con su suspensión por un plazo de tres meses, resolución que hoy notificó al interesado.
En el caso de Fungairiño y Márquez, el instructor, el fiscal del Tribunal Supremo José Iscar, estima que ambos incurrieron en una falta muy grave que compomete la dignidad del ministerio fiscal, según recoge en su propuesta de resolución de unos 20 folios.
Según informaron hoy fuentes judiciales, Iscar, no obstante, considera que sería "desproporcionado" castigar a ambos fiscales con la separación de la carrera fiscal, sanción también prevista en el estatuto para las faltas muy graves, dada "la labor meritoria y hasta arriesgada que vienen desempeñando" en la Audiencia Nacional.
Las fuentes consultadas, que consideraron contradictoria la propuestadel instructor, indicaron que éste reconoce en su escrito que el valor del informe ocultado al juez Manuel García-Castellón, que investiga el atentado contra Aznar, "no era decisivo" en cuanto "no excluye la posible participación" en esa acción del etarra José Azurmendi Peñagaricano, "Ankas".
Dicho informe, solicitado por la fiscal a la policía, consistía en una prueba dactiloscópica sobre unas huellas halladas cerca del lugar del atentado y señalaba que las mismas no correspondían a Azurmendi, cuyo pocesamiento por esta acción fue solicitado por la fiscal al instructor en varias ocasiones sin éxito.
Este dictamen no fue aportado a la causa, sino que permaneció durante un año en una carpetilla de la Fiscalía hasta su descubrimiento por la inspección en octubre pasado.
De acuerdo con las mismas fuentes, el instructor también indica en su propuesta de resolución que "acaso una intervención más directa del fiscal jefe en materia de terrorismo hubiera podido evitar estos comportamientos que se cesuran".
El fiscal jefe en la época de los hechos era José Aranda, quien tuvo que abandonar la Audiencia Nacional en enero pasado por acuerdo del fiscal general del Estado, Juan Ortiz Urculo, con el visto bueno del Consejo Fiscal, que estimó que no estaba llevando a cabo el ejercicio de la autoridad de forma adecuada.
Respecto a la prescripción de la falta, que Fungairiño y Márquez habían indicado en sus alegaciones, Iscar señala que no se ha producido dado que la falta continuó vigente desde que l informe fue metido en la carpetilla hasta su descubrimiento por la inspección.
Los dos fiscales habían considerado que la falta había prescrito, dado que desde la presunta ocultación del informe hasta su descubrimiento por la inspección había pasado más de 6 meses.
Por otra parte, el instructor del expediente contra Rubira, el fiscal José María Luzón, estima que éste también incurrió en una falta muy grave dado que, a su juicio, en los informes sobre causas abiertas que éste tramita había un curpo de escritura que no era el suyo sino que, presuntamente, correspondía a alumnos en prácticas.
Además de Rubira, también fue expedientado por este mismo motivo el fiscal Ignacio Gordillo, quien hoy no había recibido la propuesta de sanción, que previsiblemente será igual a la solicitada para su compañero.
Las fuentes consultadas señalaron que los tres fiscales disponen ahora de un plazo de 8 días para formular sus alegaciones a la propuesta de los instructores, tras lo cual estos las elevarán l fiscal general del Estado, Juan Ortiz Urculo, quien es el único competente para imponer, en su caso, la sanción de suspensión.
No obstante, la resolución del fiscal general del Estado puede ser recurrida en alzada ante la ministra de Justicia y el acuerdo de ésta es susceptible de recurso ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo.
Además de estos expedientes, Gordillo y Márquez también tienen abiertos otros de traslado forzoso por "disidencias graves con el fiscal jefe respectivo, por causas a quellos imputables", que continúa tramitándose.
(SERVIMEDIA)
05 Mar 1997
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