Salud

La Audiencia Provincial de Madrid desestima el recurso de los farmacéuticos de Madrid contra la Mesa Enfermera al no apreciar ataque al prestigio profesional

- La Mesa de la Profesión Enfermera distribuyó a finales de 2018 miles de documentos informativos en los centros de salud con el título ‘La atención sanitaria no es un negocio’

Madrid
SERVIMEDIA

La Audiencia Provincial Civil de Madrid ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el anterior presidente y equipo directivo del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid contra la información que la Mesa Enfermera distribuyó en noviembre de 2018 en los centros de salud con objeto de "defender las competencias de las enfermeras frente a los profesionales de las oficinas privadas de farmacia".

Según informó este miércoles la Mesa de la Profesión Enfermera, el fallo de la Audiencia Provincial no aprecia que las expresiones recogidas en los documentos informativos que esa entidad difundió en 2018 reflejen un “ataque al prestigio profesional de los farmacéuticos en el desarrollo de su labor”.

La Mesa de la Profesión Enfermera señaló que la sentencia refrenda que "la organización colegial farmacéutica no tiene razón alguna en sus acusaciones de que la Mesa de la Profesión Enfermera buscase atentar contra el prestigio profesional de los empresarios propietarios de las oficinas privadas de farmacia”.

“Fuimos denunciados en los tribunales por defender y proteger a la profesión enfermera de los ataques de otros trabajadores de la empresa privada farmacéutica, representados por el Colegio de Farmacéuticos de Madrid, y ahora los tribunales nos vuelven a dar la razón”, aseguró este miércoles la Mesa de la Profesión Enfermera en un comunicado.

La Mesa Enfermera distribuyó a finales de 2018 miles de documentos informativos en los centros de salud (con el título ‘La atención sanitaria no es un negocio’), especialmente en los de la Comunidad de Madrid, en la que existía entonces un proyecto de Ley de Farmacia que fue rechazado por los profesionales de Enfermería. La razón era que “posibilitaba a los empresarios farmacéuticos realizar labores asistenciales que no les competen ni corresponden y que ya prestan, de manera gratuita, las enfermeras y médicos de Atención Primaria”, según la Mesa Enfermera.

La Audiencia Provincial concluyó en su sentencia que no aprecia un “ataque al prestigio profesional de los farmacéuticos en el desarrollo de su labor como tales, sino que, dentro del ámbito de confrontación competencial, se pretende resaltar que determinadas actuaciones no estarían dentro de su ámbito formativo y, por tanto, no debería dársele cobertura legal, así como la condición esencialmente gratuita de las asistencia sanitaria”.

La sentencia apunta, además, que son expresiones que reflejan “una opinión” de un colectivo de profesionales, las enfermeras, que, “en ese ámbito de confrontación competencial, pretende defender y amparar sus propias competencias frente a otros colectivos cuando está siendo objeto de discusión legislativa un concreto texto normativo que tendrá un evidente impacto en el futuro desarrollo de dichas competencias profesionales”.

En la información difundida por la Mesa de la Profesión Enfermera se subrayaba, además, que los farmacéuticos están especializados en medicamentos, pero no en asistencia sanitaria y, por ello, la ley no les faculta en este tipo de intervenciones, ya que supondría un riesgo para la salud de los ciudadanos.

(SERVIMEDIA)
15 Jun 2022
CAG/gja