Tribunales
La Audiencia Provincial de Madrid acuerda revisar las penas afectadas por la ‘Ley del solo sí es sí’
- Desde la entrada en vigor de la norma se ha iniciado la revisión de 176 sentencias condenatorias firmes por abusos y/o agresiones sexuales
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La Junta Sectorial integrada por los magistrados de las Quince Secciones Penales de la Audiencia Provincial de Madrid, reunida este viernes para unificación de criterios y prácticas procesales, ha acordado por mayoría la revisión de las penas que podrían verse afectadas por la entrada en vigor, el pasado 7 de octubre, de la llamada ‘Ley del solo sí es sí’. La decisión ha sido adoptada por 32 votos a favor, ocho en contra y nueve abstenciones.
Los acuerdos adoptados en Junta de Unificación de Criterios no tienen naturaleza gubernativa ni jurisdiccional. Se trata de acuerdos de orden interno, no vinculantes, y que únicamente son susceptibles de recurso de carácter jurisdiccional cuando el criterio en cuestión es incorporado a una determinada resolución judicial.
Se trata, pues, de acuerdos adoptados en reuniones de magistrados que no tienen el valor de jurisprudencia, siendo su utilidad de “consumo interno”, y que constituyen un instrumento valioso para discutir cuestiones procesales dudosas o sobre las que existan discrepancias.
Las quince secciones penales de la Audiencia Provincial de Madrid tienen a fecha de hoy sobre la mesa un total de 447 causas por abusos y/o agresiones sexuales condenatorias firmes y con el condenado ingresado en prisión, susceptibles de revisión tras la entrada en vigor de la ‘Ley del solo sí es sí’.
De estas causas, y de oficio, los magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid han comenzado ya la revisión de 121. A instancia de parte, se tramita la revisión de 55, por lo que se ha iniciado el setudio de un total de 176 sentencias.
Como consecuencia de la revisión de sentencias condenatorias firmes con condenado en prisión, se ha rebajado la pena en 20 casos, y en siete procedimientos se ha decretado la puesta en libertad, con la salvedad de que en un caso el preso continúa cumpliendo condena al tener sentencia condenatoria firme por otros delitos.
(SERVIMEDIA)
25 Nov 2022
SGR/gja