LA AUDIENCIA NACIONAL RECHAZA CONDENAR A 15 MIEMBRO DE UN GRUPO X POR TERRORISMO PORQUE NO CONTRIBUYEN A LOS FINES DE ETA
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La sección tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado condenar a 15 jóvenes, que según el fiscal pertenecen a los 'grupos X' de apoyo a ETA, por un delito de terrorismo, ya que, a su juicio, con sus actuaciones no contribuyeron de manera directa a los fines y objetivos de dicha organización terrorista, según una entencia hecha pública hoy.
Por el contrario, les impone un total de 62 años y 1 mes de cárcel como autores de los delitos de daños, estragos e incendio por prender fuego a varios coches franceses y entidades bancarias, entre otras acciones, en protesta por la política del Gobierno francés contra los refugiados vascos, por la desarticulación en Bidart (Francia) de la cúpula de ETA y actuar el solidaridad de los presos etarras, entre otros motivos.
En su resolución, el tribunal indica que tales fialidades de sus acciones, que considera acreditadas, no constituyen el "elemento finalístico" del delito de terrorismo, en contra de lo que sostuvo el fiscal del caso, porque "no consta que las acciones las hayan realizado para favorecer los fines de ETA o en connivencia con esa organización".
Añade que "ello es así, aunque, en defnitiva, los actos ejecutados por los acusados consigan a la postre análogos resultados a los que producen los perpetrados por dicha organización o favorezcan los objetivos d la misma".
Además, el tribunal dice que tampoco está acreditada la pertenencia de los acusados a ningún grupo de apoyo a ETA, ya que, indica, "en ningún momento fueron interrogados sobre tan cruciales extremos, ni por la Guardia Civil, ni por el juzgado instructor, ni tan siquiera por el ministerio público en el acto de la vista, esto último sin duda motivado por la postura adoptada por los que se sentaban en el banquillo consistente en negar desde el principo todo lo negable en el acto de juico oral.
Precisa que, además, la "alegada integración de los acusados en los llamados 'grupos X' de apoyo a ETA no ha sido objeto de prueba alguna" para lo que dice basta con analizar el contenido de las declaraciones policiales y judiciales de los mismos.
Por ello, señala que "no podemos reputar probada vinculación estructural de tipo alguno de los acusados con la organización armada ETA, por mucho que se haya insistido por el ministerio público 'in voce' en el acto de la vista en que estos pertenecenla organización juvenil Jarrai, cosa que no se ha acreditado" y también por la Guardia Civil.
Por otra parte, indica que la realidad de la existencia de los grupos de apoyo a ETA "se apoya tan sólo en el contenido de los estudios realizados por el Servicio de Información de la Guardia Civil en base a cierta documentación incatuada en Bidart en marzo de 1992 y que no aparece incorporada a las actuaciones y, por lo tanto, no ha podido ser examinada y contradecida por las partes, ni analizada por este tibunal".
Agrega que sólo aparece al respecto fotocopia de uno de los documentos remitidos a la Audiencia Nacional por un juzgado de París y un estudio realizado sobre el mismo por el Servicio de Información de la Guardia Civil, "estudio que, en realidad sólo contiene las deducciones obtenidas por tal servicio" tras el examen de dicho documento.
"De ahí que lo único que podemos reputar probado es que la Guardia Civil, tras el examen de aquella documentación, llegó a las conclusiones que luego plasó el ministerio fiscal en el hecho primero de su escrito de acusación, pero ya está".
Según dicho informe de la Guardia Civil, existen unos grupos de apoyo a la organización terrorista ETA que fueron propiciados por ésta, distinguiéndose entre 'grupos X' y 'grupos Y', en función de su mayor o menor dependencia de las estructuras de KAS.
Estos grupos están constituídos por personas jóvenes y por la utilización en sus acciones criminales de artefactos y dispositivos de tipo incendiario, explosivo opirotécnico, para cuya confección son adiestrados por personas vinculadas a la organización terrorista ETA o mediante la distribución por parte de esta organización de manuales explicativos sobre la confección de los artefactos citados, así como la financiación por parte de la organización para la compra de materiales con los que se confeccionan los diversos artefactos.
Añadía que dichos grupos realizan de forma sistemática diversas acciones criminales, como quema de vehículos o colocación de artefacts en entidades bancarias, en apoyo a los objetivos y finalidades de ETA y que los componentes de estos grupos sirven de primer escalón para la recluta y selección de jóvenes para su posterior integración en los comandos de la organización.
(SERVIMEDIA)
25 Abr 1996
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