Tribunales

La Audiencia Nacional fija que el desplazamiento para visitar a un cliente desde el domicilio del trabajador es tiempo de trabajo

MADRID
SERVIMEDIA

La Audiencia Nacional (AN) ha fijado que los desplazamientos desde el domicilio de un trabajador que se dirige a visitar a un cliente y la vuelta son tiempo de trabajo y deben estar remunerados. Así lo establece una sentencia de la Sala de lo Social que da la razón a los empleados de una empresa de ascensores que desarrollan sus tareas en las direcciones donde se tienen que reparar las averías.

La decisión de la AN resuelve el conflicto colectivo planteado en octubre de 2022 por CCOO contra TK Elevadores, que se negaba a reconocer como tiempo de trabajo los periodos de desplazamiento desde el domicilio del trabajador hasta la dirección del primer cliente y el regreso desde la prestación del último servicio de la jornada.

La empresa ha sido condenada a pagar esas retribuciones a sus empleados con efectos retroactivos de un año. Para tomar esta decisión, la Audiencia Nacional ha tenido en cuenta que los trabajadores se desplazan en un vehículo de la empresa, con ropa de trabajo y las herramientas necesarias para realizar su labor, por lo que se les debía compensar el tiempo invertido en los viajes, tanto para ir al domicilio del cliente como para regresar a su casa al final de la jornada.

Por su parte, la empresa defendía que la jornada laboral comienza cuando el técnico llega al domicilio del primer cliente y termina al salir del último. La AN se apoya en la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que considera como tiempo de trabajo “todo período durante el cual el trabajador permanezca a disposición del empresario y en ejercicio de su actividad o de sus funciones”. Para evitar abusos, la sentencia reconoce que la empresa puede implantar métodos de control de los trayectos y tiempos empleados para realizar el servicio.

(SERVIMEDIA)
16 Feb 2023
SGR/clc