ETA

LA AUDIENCIA NACIONAL DENIEGA LA REDENCION DE PENA A TRES ETARRAS

MADRID
SERVIMEDIA

El Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional ha denegado la redención de pena a tres etarras: María Jesús Murguruza Guezuraga, Bautista Barandalla Iriarte y Fermín Ignacio Fagoaga Yanci, según sendos autos hechos públicos hoy.

En dos de los tres autos, los de Murguruza y Barandalla, el juzgado destaca que "las redenciones extraordinarias requieren que se den unas especiales condiciones de laboriosidad, disciplina y rendimiento en las tareas que realice el interno".

En el caso concreto de María Jesús Murguruza, el juzgado señala que la interna "nunca ha desempeñado puesto de trabajo alguno que le permita obtener la máxima redención posible".

En este sentido, destaca que la etarra ha rehusado "tácitamente cualquier tipo de ocupación que redunde directamente en el bienestar del resto de sus compañeras o en la mejora de las condiciones de habitabilidad del centro, beneficiándose, sin embargo, del trabajo de ellas".

A modo de ejemplo, el auto cita que "no realiza limpieza de zonas comunes o de los servicios sanitarios, no reparte comidas ni recoge el comedor".

"Esa falta de interés en realizar cualquier tarea que beneficie a la comunidad de internos justifica que la interna no haya sido propuesta para redenciones extraordinarias por la Junta de Tratamiento".

En cuanto a Bautista Barandalla, el juzgado señala que, si bien es cierto que el interno participa en actividades de manualidades, gimnasia y euskera, sin haber faltado de forma injustificada a clase, lo cierto es que "ninguna de estas actividades presenta una especial dificultad o una destacada laboriosidad".

Con respeto a Fermín Ignacio Fagoaga Yanci, el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional destaca que este interno se encuentra sancionado por falta muy grave, lo que llevó al centro penitenciario a darle de baja en redenciones.

"La existencia de la mala conducta reiterada, puesta de manifiesto por la existencia de dos acuerdos sancionadores firmes por faltas muy graves, constituye el fundamento de la propuesta de baja en redenciones del antiguo reglamento penitenciario", dice el juzgado.

(SERVIMEDIA)
26 Ene 2005
VBR