ARAGON EXPONE EN LA CUMBRE MUNDIAL DEL AGUA EN ESTOCOLMO QUE EL PHN INCUMPLE LA DIRECTIVA COMUNITARIA
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Frnando Gurrea, secretario general técnico de la Presidencia del Gobierno de Aragón, y Antonio Embid, catedrático de Derecho Administrativo, denunció hoy en la Cumbre Mundial sobre el Agua de Estocolmo que la Ley del Plan Hidrológico Nacional incumple flagrantemente la Directiva de Aguas de la Unión europea.
Según informó hoy el Ejecutivo de Aragón, en defensa del derecho comunitario los intervinientes han señalado que el PHN, a pesar de haber entrado en vigor después que la Directiva, no comparte ni e fondo ni la forma de este texto comunitario.
La regulación que plantea el trasvase del Ebro no determina claramente los usos a que se destinarán las aguas, ni aporta soluciones a la situación de los acuíferos ni contempla el concepto de desarrollo sostenible. Por otra parte, los contratos llevados a cabo por la sociedad Trasagua no se ajustan al derecho comunitario, añadieron.
La Directiva de aguas sostiene un carácter conservacionista del recurso, pues entiende que el agua es algo más que un puo bien económico y plantea su aprovechamiento desde el desarrollo sostenible y la reducción de la contaminación, conceptos que el PHN soslaya, indicaron.
Relataron que el PHN, por su parte, se aprobó sin que haya tenido lugar previamente una evaluación estratégica de impacto ambiental. Con posterioridad, se han desarrollando trabajos para llegar a una declaración de impacto ambiental. Pero, parece claro que esa evaluación debiera de haberse realizado antes de aprobar la Ley para tener una clara visióngeneral del impacto que la actuación podría producir.
A su juicio, el PHN no plantea para qué se van a destinar las aguas objeto de trasvase. Se habla en la Ley de usos para abastecimiento de poblaciones, recarga de acuíferos, completa dotaciones de regadíos infradotados... Y, en sentido negativo, se dice que no se podrán crear nuevos regadíos con las aguas trasvasadas ni dedicarlas al riego de campos de golf. Pero en ningún caso se cuantifican las cantidades de agua trasvasada así como su uso y destio.
El PHN no plantea adoptar ninguna decisión de sostenibilidad de los acuíferos, únicamente trasvasar agua a cientos de kilómetros de distancia lo cual es una decisión carente de sentido, señalaron los intervinientes.
Finalmente, comentaron que los contratos que la Sociedad Estatal Trasagua ha llevado a cabo estarían fuera de la normativa comunitaria, como ya planteó la Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 15 de mayo de 2003 que ha condenado a España por un deficient uso del derecho comunitario. Este incumplimiento podría influir sobre la recepción de fondos comunitarios.
(SERVIMEDIA)
12 Ago 2003
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