APROBADA LA REFORMA DEL CODIGO CIVIL QUE FAVORECE LA RELACION ENTRE LOS ABUELOS Y SUS NIETOS EN CASO DE RUPTURA MATRIMONIAL

MADRID
SERVIMEDIA

El Senado aprobó hoy una reforma del Código Civil en materia de relaciones familiares entre abuelos y nietos que favoecerá la relación entre éstos en caso de separación de los padres.

Esta nueva regulación, que modifica cinco artículos del Código Civil, establece de forma expresa el derecho de los abuelos a visitar a los nietos en caso de ruptura matrimonial, tanto si hay acuerdo entre las partes como si no.

En este sentido, se prevé que, en los casos de separación, nulidad y divorcio, el convenio regulador entre los cónyuges o, a falta de acuerdo entre ambos, las medidas adoptadas por el juez, deberán contemplr expresamente el derecho de visita de los abuelos a los nietos.

Entre las enmiendas más significativas introducidas en la ley durante el trámite del Congreso, y que han venido a enriquecer la norma, destaca la atribución al juez de la facultad de establecer la conveniencia del régimen de visitas previa audiencia de los interesados y siempre en interés del menor.

Esta nueva regulación será muy útil en los procesos de separación y divorcio, ya que, de las 115.049 separaciones y divorcios registrads el pasado año, según datos del Consejo General del Poder Judicial, 41.504 (un 36 por ciento) tuvieron lugar sin acuerdo entre los cónyuges, desacuerdo que en la mayoría de los casos se traslada a la relación familiar de los nietos con los abuelos.

Asimismo, se establece la capacidad de los abuelos de ser oídos en los procesos judiciales de nulidad, separación y divorcio.

CUSTODIA PARA LOS ABUELOS

En tales casos, se prevé la posibilidad de que la custodia de los menores pueda ser encomendada alos abuelos, y en este sentido el anteproyecto prioriza la tutela de los abuelos sobre los nietos frente a otras personas e instituciones en caso de desacuerdo de los cónyuges.

Finalmente, la ley establece el derecho de los abuelos de mantener relaciones personales con los nietos en los casos de incumplimiento por los padres de las obligaciones derivadas de la patria potestad.

Con esta iniciativa el Gobierno da luz verde a una reclamación histórica de los abuelos que en muchas ocasiones ven truncda la relación con sus nietos tras una ruptura matrimonial conflictiva de los cónyuges o cuando, tras la muerte de uno de estos, el otro rompe la relación con la familia del cónyuge que fallece.

(SERVIMEDIA)
13 Nov 2003
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