IGLESIA

ANDALUCÍA APRUEBA EL PROYECTO DE LA LEY QUE REGULARÁ LA CLONACIÓN TERAPÉUTICA

SEVILLA
SERVIMEDIA

El Consejo de Gobierno andaluz aprobó hoy el proyecto de la ley que regulará en Andalucía la investigación biomédica mediante técnicas de reprogramación celular con fines terapéuticos.

Esta técnica, también conocida como clonación terapéutica, consiste en transferir el núcleo de una célula de tejido adulto a un óvulo enucleado (al que se le ha quitado el núcleo).

Con ello se persigue la reprogramación de la célula para que pueda generar células madre pluripotenciales, capaces de dar origen a cualquier tipo de tejido u órgano, y puedan ser posteriormente implantadas en el donante, según informó la Junta en una nota.

La principal ventaja respecto a otros procedimientos se deriva del hecho de que los tejidos u órganos obtenidos son compatibles con el donante de la célula adulta, lo que es de gran importancia para personas que requieren un trasplante de órganos o que padecen leucemia, ya que se evita el problema del rechazo, según el Gobierno andaluz.

Con el fin de fijar las máximas garantías éticas en estas investigaciones, y en consonancia con las normativas internacionales, destaca el Ejecutivo que preside Manuel Chaves, la futura ley prohibirá expresamente el empleo de técnicas de reprogramación celular con fines reproductivos.

Por ello, el ovocito reprogramado no podrá evolucionar más allá de 14 días ni tampoco ser implantado en el útero de una mujer.

COMITÉ DE INVESTIGACIÓN

El proyecto establece la creación de un comité específico de investigación en reprogramación celular, adscrito a la Consejería de Salud e integrado por personalidades de reconocido prestigio en los campos de la biomedicina, el derecho y la bioética.

Este comité se encargará de autorizar los proyectos de investigación; mantener un registro público de iniciativas autorizadas; garantizar su buen desarrollo, y velar por las condiciones en las que se realiza el consentimiento informado de los donantes de óvulos y células, salvaguardando la confidencialidad y seguridad de sus datos personales.

La autorización de cada proyecto requerirá, como paso previo, el informe favorable de la Comisión Autonómica de Ética e Investigación Sanitarias.

Los proyectos de investigación autorizados se registrarán en una base de datos que recogerá información relativa a las células empleadas, el objetivo de la investigación y sus condiciones, la identidad del investigador principal y la fecha y validez de la autorización.

Además, deberá figurar la certificación de la fecha, el método y el responsable de la destrucción del ovocito reprogramado antes de los catorce días.

La norma define asimismo los requisitos que deben reunir los trabajos de investigación y los centros en los que se lleven a cabo. De este modo, se establece que los proyectos deberán tener siempre interés científico relevante y carecer de carácter lucrativo, además de acreditar científicamente que su finalidad es mejorar la salud y la calidad de vida de los ciudadanos.

DONACIONES

Respecto a la donación de los óvulos y de las células adultas a las que se extraerá el núcleo, ésta deberá ser siempre anónima y confidencial, y carecer de carácter lucrativo o comercial.

Los donantes tendrán que ser mayores de edad y acreditar plena capacidad. Previamente a la donación, deberán ser informados acerca de sus objetivos e implicaciones. Una vez recibida esta información, podrán prestar su consentimiento por escrito, que será revocable y modificable en el tiempo.

La ley convertirá a Andalucía en la primera comunidad autónoma en regular la técnica de reprogramación celular con fines terapéuticos, sumándose así a los ocho países que ya han legislado sobre esta materia.

(SERVIMEDIA)
12 Sep 2006
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