Tribunales
Condenado a 13 años de cárcel y multa de 237 millones al dueño de Grupo Petromiralles y absuelto su hermano
- José María Torrens, condenado por la Audiencia Nacional por blanqueo, delitos fiscales y tenencia ilícita de armas
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La Audiencia Nacional ha condenado a 13 años de cárcel y multa de 237 millones de euros a uno de los dueños del Grupo Petromiralles, José María Torrens, por delitos de contra la Hacienda Pública, blanqueo de capitales y tenencia ilícita de armas en relación con la operativa puesta en marcha para defraudar el IVA de los años 2011, 2012 y 2013, mientras que absuelve a su hermano Pedro, el otro administrador de la sociedad, al no encontrar pruebas de su participación en la trama.
En una sentencia, los magistrados de la Sección Primera de la Sala de lo Penal imponen a José María Torrens dos años de prisión por cada uno de los tres delitos contra la Hacienda Pública a los que resulta condenado, otros 6 años por el blanqueo de capitales y un año más por la tenencia ilícita de armas, si bien le absuelven de falsedad documental. En total, este acusado resulta también condenado a multas totales por valor de 237 millones de euros (23 millones por el ejercicio 2011; 110 millones por el de 2012 y 80 por el de 2013 y 24 millones por el blanqueo).
La Sala condena a diferentes penas a otros diez acusados, entre ellos, el asesor de la trama, José María Talarn, al que impone 12 años de cárcel, y al empresario de hidrocarburos Antoni Rodríguez Estepa, condenado a tres años. A este último, junto con otro acusado, la Sala le aplica la atenuante de confesión y de reparación del daño, aunque rechaza la de dilaciones indebidas.
En sus hechos probados, la Audiencia explica que los hermanos Torrens son los administradores del Grupo Petromiralles y mientras que José María se dedicaba a las labores administrativas y comerciales de este consorcio de empresas, su hermano Pedro llevaba a cabo la actividad logística, el mantenimiento de estaciones de servicio, camiones, personal de estaciones y transporte, cisternas, etc.
EVITAR IMPUESTOS
La sentencia relata la deuda contraída por la sociedad del acusado Rodríguez Estepa con Petromiralles y cómo José María Torrens le propuso a aquel “poner en marcha una operativa para lograr beneficios que permitieran reducir la cuantía que le adeudaban: crear una distribuidora que vendiera los hidrocarburos suministrados por Petromiralles y que evitara el pago de impuestos”.
Aceptada tal proposición por Rodríguez Estepa, continúa la resolución, se puso en contacto con el acusado José María Talarn, quien en posteriores reuniones, en las que participó José María Torrens Ferrer, diseñó en unión de éste el sistema para obtener beneficios, que pasaba por la utilización de una distribuidora de hidrocarburos mediante la que se incorporaran datos falaces en las declaraciones del Impuesto sobre el valor añadido (IVA), poniendo al frente de ella a un testaferro al que darían las instrucciones necesarias.
La Sala explica que las adquisiciones dentro de los depósitos fiscales de hidrocarburos se producen con exención de IVA y con suspensión de los Impuestos Especiales sobre Hidrocarburos, conforme dispone el artículo 2.2 de la Ley 38/1992, de Impuestos Especiales (LIE). Es posteriormente a la salida de los depósitos, con la venta de los productos, cuando se debe repercutir a los adquirentes el IVA correspondiente, devengándose asimismo a la salida del depósito se los Impuestos Especiales, recaudados por los titulares de los depósitos fiscales y repercutidos luego a los operadores petrolíferos.
Estando así exentas de IVA las adquisiciones de hidrocarburos en esos depósitos fiscales, una vez realizadas las ventas a los clientes correspondientes los datos del IVA soportado, eran manipulados por personas vinculadas con el Bufete Orfisa, dirigido por el mencionado acusado Talarn, en las declaraciones a la Agencia Tributaria, “aumentando ficticiamente su importe simulando haber soportado cantidades de IVA, con la finalidad de no ingresar las importantes cuotas que resultaban de los datos reales del mínimo IVA soportado”.
Para lograr esa defraudación tributaria, dice el fallo, el acusado José María Talarn, responsable del despacho de abogados Orfisa con oficinas en Barcelona y Sevilla, creó o gestionó varias empresas instrumentales que se utilizaron para esa operativa.
En definitiva, dice la Sala, en los hechos relatados resulta acreditada “la elusión del pago de tributos, al haber dejado de ingresar a la Hacienda pública cantidades recaudadas como IVA repercutido en las ventas de hidrocarburos mediante el mecanismo de incrementar ficticiamente el importe del IVA soportado”.
ABSOLUCIÓN
Para la Sala, el acusado Pedro Torrens sólo es mencionado de forma tangencial en todas las actuaciones por ser administrador solidario, junto con su hermano José María, en las sociedades del Grupo Petromiralles.
Apunta que ambos hermanos acusados, en el juicio oral, declararon que este acusado llevaba a cabo la actividad logística, el mantenimiento de estaciones de servicio, de camiones, de personal de estaciones y servicio, cisternas, etc. afirmación que no ha quedado contradicho por otras pruebas.
“El resto de acusados y testigos prácticamente no mencionan la asistencia de Pedro Torrens a las reuniones mantenidas entre los integrantes de la trama. Incluso, todas las escrituras suscritas en nombre de Petromiralles aparecen firmadas solamente por José María Torrens”, afirma la Sala.
(SERVIMEDIA)
25 Feb 2022
SGR/clc