ABSUELTO EL EX ALCALDE DE O GROVE DE UN DELITO DE NARCOTRAFICO POR LA EXISTENCIA DE DUDAS RAZONABLES SOBRE SU IMPLICACION

MADRID
SERVIMEDIA

La sección segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto al ex alcalde de la loclidad pontevedresa de O Grove, José Alfredo Bea Gondar, de sendos delitos contra la salud pública y de contrabando de los que le acusó el fiscal durante el juicio celebrado el pasado día 18, en el que pidió para el procesado un total de 13 años y 4 meses de cárcel.

Bea Gondar estaba acusado de haber introducido en España, junto con el colombiano Alejandro Sierra Jerez, un total de 30 kilos de cocaína, que fueron intervenidos a este último cuando fue arrestado en la capital. Por este motivo, la Audienca Nacional ha condenado al colombiano a un total de 10 años de prisión mayor y multa de 100 millones de pesetas como autor de un delito contra la salud pública.

En una sentencia hecha pública hoy, el tribunal considera como hechos probados que Bea Gondar se entrevistó en junio de 1991 con Alejandro Sierra, quien se desplazó desde Colombia para negociar la compra de un hotel del ex alcalde.

Añade que Bea Gondar alquiló un vehículo para el colombiano, con el que éste se trasladó a su domicilio en Mdrid. Allí fue detenido cuando descargaba del coche un total de 30 paquetes que contenían más de 29 kilos de cocaína procedente de Vigo.

El tribunal indica que esos hechos son contitutivos de un delito contra la salud pública, pero no suponen la existencia de una organización, tanto por el escaso número de intervinientes como por la falta de determinación de las funciones que cada uno debe desempeñar en la infraestructura de la banda.

Agrega que tampoco es apreciable el delito de contrabando que mputó el fiscal, ya que la única determinación de la procedencia de la droga es Vigo, y aunque matiza que el producto intervenido es de procedencia foránea, indica que la introducción en territorio español la pudo hacer cualquier persona.

La sentencia considera a Alejandro Sierra autor del único delito contra la salud pública y se apoya tanto por las declaraciones que efectuó éste ante el juez reconociendo la existencia en su poder de la droga y su procedencia de Vigo, como por la "escasa credibilidaden cuanto al conocimiento de la droga que sus excusas proporcionan".

Por el contrario, opina que aunque existen indicios que "implican una posible participación" del ex alcalde en los hechos, como son su conocimiento en Colombia del otro procesado o sus contactos con él en Vigo, "es lo cierto que su declaración, avalada por al del otro procesado, lo excluye como partícipe en el negocio de la droga".

La sala añade que existen además testimonios categóricos que excluyen la participación de Bea Gondr en ese delito, por lo que el tribunal concluye que tiene "una duda razonable en cuanto a su participación en los hechos".

(SERVIMEDIA)
26 Nov 1993
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