Madrid. Condenado a 15 años de cárcel un hombre que mató vestido de Ninja a su amiga
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La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 15 años de prisión a un hombre que mató a puñaladas a su amiga vestido de Ninja: Completamente de negro, portando guantes de látex, zapatillas que se emplean para la práctica de artes marciales y cubierto con un pasamontañas.
En una sentencia hecha pública hoy, el tribunal le condena por un delito de asesinato, con la circunstancia atenuante analógica de alteración psíquica, pues padece esquizofrenia paranoide.
El tribunal considera probado que Jorge S.F. conoció a la víctima, Itziar H.C., en el año 2006, mientras ambos residían en la minirresidencia Aravaca. Desde que ella abandonó el lugar, hasta el 15 de abril de 2007, el condenado la llamaba “constantemente” para quedar, “le hacía regalos y le mandaba mensajes a su teléfono móvil”.
Cuando supo que la víctima había comenzado una nueva relación, la llamó y le dijo que “si no volvían a estar juntos, algo malo le iba a pasar”, según relata la sentencia.
Así, el 16 de abril de 2007, vestido completamente de negro y portando un cuchillo de 11,5 centímetros de hoja, la esperó en el portal de su casa por espacio de hora y media o dos horas, según varios testigos.
Cuando la víctima vio al condenado, echó a correr “asustada” pero él la alcanzó por detrás, quien, “sin mediar palabra e imposibilitando su defensa, la agarró por el cuello con el brazo izquierdo” y con el derecho le propinó varias puñaladas en el hemotórax que le originaron un shock hipovolémico con heridas inciso punzantes que provocaron su muerte.
ALEVOSÍA
Para el tribunal, los hechos probados ponen de manifiesto que la intención del condenado “no era otra que acabar con la vida de Itziar”. “Actuó alevosamente contra la víctima, porque se mantuvo durante horas para proceder, atacarla en la puerta de su domicilio”, dice la sentencia.
No obstante, le aplica la atenuante de alteración psíquica por sufrir esquizofrenia paranoide, cosa probada, no así que la enfermedad disminuyese gravemente sus facultades cognoscitivas y volitivas ni el caso contrario, que no le afectase para la comisión del crimen.
(SERVIMEDIA)
12 Ago 2010
VBR/gja