El Supremo absuelve a la anarquista Pòrtulas, acusada de recabar información sobre instituciones catalanas

- Había sido condenada a dos años y medio de cárcel por la Audiencia Nacional

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha decidido absolver a la joven catalana Nuria Pòrtulas, que había sido condenada a dos años y medio de cárcel por la Audiencia Nacional “por intentar colaborar con un grupo anarquista italiano proporcionándole información sobre instituciones públicas catalanas”.

Los magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, presididos por Carlos Granados Pérez, han decidido revocar la condena impuesta por la Audiencia Nacional, al concluir que “no consta probado que la acusada haya contactado con un grupo u organización terrorista ni que haya intentado colaborar con un grupo de esa naturaleza”, según consta en la sentencia hecha pública hoy.

Pòrtulas fue detenida por los Mossos D’Esquadra en la tarde del 27 de enero de 2007 en un control preventivo colocado en una carretera de la localidad de Besalú, en la provincia de Gerona.

En el registro de su vehículo fue encontrada diversa documentación propagandística de índole anarquista a favor de la lucha contra el Estado así como una libreta de anillas, en la que, entre otras anotaciones, había detalles de las ubicaciones y las medidas de seguridad de tres delegaciones de instituciones públicas de la ciudad de Gerona.

En concreto, había informaciones del Departamento de Trabajo de la Generalitat de Cataluña, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y de los Servicios Territoriales de Justicia. Asimismo, entre los documentos que se incautaron a la anarquista, figura un texto de correo electrónico en cuyo reverso aparece el nombre y cargo del entonces Director del Centro Penitenciario de Gerona, donde se hallaba privado de libertad Sorroche Fernández, llamado Fernando Velasco García.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional condenó a Pòrtulas a dos años y medio de cárcel por un delito intentado de colaboración con organización terrorista.

En su sentencia, la Audiencia Nacional aseguraba que la actividad de Pòrtulas constituía una "tentativa inacabada" de colaboración porque recabó información sobre "el nombre de una persona y las cámaras y vigilantes de tres organismos públicos”.

El Tribunal Supremo revoca ahora la sentencia de la Audiencia Nacional al estimar el recurso interpuesto por Pòrtulas. “Es claro que no consta probado que la acusada haya contactado con un grupo u organización terrorista ni que haya intentado colaborar con un grupo de esa naturaleza, sino que lo realmente acreditado es que contactó con un amigo que se dedicaba a realizar actos incendiarios con fines terroristas”, señala la sentencia.

(SERVIMEDIA)
11 Jun 2010
DCD/gja