Cataluña. El Supremo investigará a los exconsellers y la Audiencia a los Mossos
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El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha asumido la investigación de los exconsellers de la Generalitat y de los presidentes de ANC y Òmniun Cultural, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, y deja en manos de la jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela la instrucción de la causa relativa a la actuación de los Mossos d´Esquadra que ahora se centra Josep Lluis Trapero y Teresa Laplana.
En un auto comunicado este viernes, contra el que no cabe recurso, el magistrado acuerda ampliar la investigación y declara su competencia para conocer de la responsabilidad penal del expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont, los 13 exconsellers y los presidentes de las asociaciones ANC y Omnium por la “conexión material inescindible” de la naturaleza de los hechos que se están investigando en el Supremo en la causa relacionada con el proceso secesionista.
A partir de ahora la posibilidad de excarcelación de los antiguos miembros del Ejecutivo catalán, en prisión desde el pasado 2 de noviembre, está en manos del juez Llarena. Sus defensas ya solicitaron en la Audiencia Nacional que se les dejara en libertad para que puedan defender su candidatura en campaña para las elecciones autonómicas del 21 de diciembre.
Los abogados de los exconsellers preparan ya la petición a Llarena para que todos ellos presten declaración lo antes posible. El magistrado tendrá que valorar si existe riesgo de destrucción de pruebas; de fuga y reiteración del delito, para pronunciarse sobre la continuidad en prisión de todos los encarcelados.
Probablemente serán citados a declarar la próxima semana y en caso de obtener la libertad provisional bajo fianza todos ellos podrían participar en la campaña electoral del 21-D, que dará comienzo en la noche del 4 de diciembre.
AUDIENCIA NACIONAL
En el mismo auto, LLarena acuerda que la juez Lamela debe continuar investigando la actuación del exmayor de los Mossos Josep Lluis Trapero, la intendente de ese cuerpo policial Teresa Laplana, así como de cualesquiera otros eventuales responsables sobre los que la investigación proyecte indicios de responsabilidad.
El magistrado reclama al Juzgado Central número 3 de la Audiencia Nacional la parte de la causa relativa al Govern cesado y a los responsables de ANC y Omnium, que queda incorporada a la que ya se sigue contra la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y otros 5 miembros de la Mesa.
En su auto, Llarena explica que la doctrina del Tribunal Supremo sobre la extensión de competencia en hechos cometidos por personas no aforadas solamente es procedente cuando se aprecie una conexión material inescindible con los hechos investigados a las personas aforadas. Recuerda que la unificación del procedimiento tiene una finalidad funcional, concretada en la facilitación de la tramitación y en resolver los problemas derivados de la “inescindibilidad” del enjuiciamiento.
En el presente caso, Llarena señala que uno de los delitos investigados es el de rebelión, que tiene un carácter plurisubjetivo, con una pluralidad de partícipes, lo que marca la necesidad del enjuiciamiento conjunto.
No obstante, Llarena considera que en esta causa no se observa esa conexión material inescindible en la actuación de todas las personas investigadas en relación con el proceso secesionista de Cataluña.
Así, el juez distingue entre “la actuación de los miembros del Govern y la de los presidentes de ANC y Òmnium, hasta el punto de que sólo la intervención coordinada de todos ellos es la que puede llenar de contenido el injusto contemplado en el delito de rebelión”, y la actuación de los Mossos que describe Lamela en su informe, así como la de un conjunto de personas que han podido colaborar en la elaboración de las leyes cuestionadas.
Para el magistrado, participaciones como la de Trapero, Laplana y aquellas otras semejantes que surjan a lo largo de la investigación no impiden que puedan examinarse de manera autónoma, “son así participaciones añadidas, que con independencia de cuál sea su relevancia en el desarrollo natural de los hechos, no justifican modificar las normas de competencia ordinaria para los que resulten afectados”.
Entre estas intervenciones, explica Llarena en su auto, “está la de quienes se encontraban subordinados, en este caso concreto, al consejero de Interior: D. Josep Lluis Trapero y Dª Teresa Laplana Cocera. Sin perjuicio de que pueda resultar necesario revisar la decisión en un futuro, su participación, por relevante que sea, no compromete la calificación y el enjuiciamiento que pueda surgir de esta causa especial, no pudiéndose modificar la competencia ordinaria por no concurrir el elemento de la inescindibilidad respecto de ellos”.
A partir del auto del juez Llarena, quedan bajo la investigación del Supremo un total de 22 personas: el expresidente Carles Puigdemont y los cuatro exconsellers cuya entrega España ha reclamado a Bélgica (Antonio Comín, Clara Ponsatí, Lluis Puig y Meritxell Serret), los ocho exconsellers que se encuentran en prisión preventiva en España (Oriol Junqueras, Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva, Meritxell Borras, Joaquim Forn, Dolors Bassa y Carles Mundó), el exconseller en libertad bajo fianza Santi Vila, y los expresidentes de ANC y Òmnium Cultural, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, además de la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y cinco exmiembros de la Mesa del Parlament a los que ya investigaba.
(SERVIMEDIA)
24 Nov 2017
SGR/gja