Facua pide la retirada de los anuncios “machistas” del detergente Perlan
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Facua-Consumidores en Acción ha pedido a la empresa Henkel Ibérica la retirada de la campaña publicitaria con que anuncia su nueva gama de detergentes ‘Perlan’, por la posible vulneración de los principios recogidos en la Ley de Igualdad.
La organización de consumidores señala en un comunicado que la campaña “apela al rancio y casposo estereotipo sexista de vincular las tareas del hogar con la mujer”.
‘Perlan’ ofrece en la campaña cinco detergentes diferentes, que relaciona con la mujer. El detergente ‘Perlan Cuida y Refresca’, especialmente pensado para ropa de deporte (tal y como aparece en la etiqueta), se presenta junto a una mujer vestida con ropa deportiva.
Para anunciar la gama ‘Perlan Cuida y Protege’, utiliza la imagen de dos mujeres, una con un vestido rojo (para el producto pensado para la ropa de color) y otra que viste de negro (para el detergente destinado a la ropa oscura).
El ‘Perlan Cuidado 3D’, para ropa delicada, se acompaña con la imagen de una mujer con ropa de lana, y el detergente ‘Perlan Cuida y Repara’, que elimina, según la publicidad, pelusas y bolitas de la ropa, también se acompaña en esta campaña con la imagen de una mujer.
Facua sostiene que “el mensaje que transmite esta campaña publicitaria es retrógrado y puede atentar contra la dignidad de las mujeres, a las que la empresa, con estos anuncios, relega, en pleno siglo XXI, al cuidado del hogar, prejuicio que debería estar superado hace mucho tiempo”.
En opinión de Facua, esta campaña podría incurrir en un supuesto de publicidad ilícita prohibido en el artículo 3 de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad. En su primer apartado, el citado artículo prohíbe todo anuncio "que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores o derechos reconocidos en la Constitución", entre los que se incluyen los que "presenten a las mujeres de forma vejatoria, bien utilizando particular y directamente su cuerpo o partes del mismo como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar, bien su imagen asociada a comportamientos estereotipados que vulneren los fundamentos de nuestro ordenamiento coadyuvando a generar la violencia a que se refiere la Ley orgánica de medidas de protección integral contra la violencia de género".
Asimismo, el anuncio podría contravenir también el artículo 10 de la Ley 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género que en lo relativa al ámbito de la publicidad y de los medios de comunicación señala que "se considerará ilícita la publicidad que utilice la imagen de la mujer con carácter vejatorio o discriminatorio".
(SERVIMEDIA)
24 Oct 2017
JRN/caa