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El juez Velasco investigará como terrorismo la desaparición del hermano de una española en Siria

MADRID
SERVIMEDIA

El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco ha admitido este lunes la competencia para investigar por delitos de terrorismo y desaparición forzada la querella interpuesta contra nueve altos mandos de Siria por la hermana, de nacionalidad española, de una supuesta víctima del conflicto en aquel país.

En el auto en el que admite la competencia, Velasco acuerda que se notifique la querella a lo miembros de las Fuerzas de Seguridad e Inteligencia sirias a través de comisión rogatoria a dicho país, haciéndoles saber que deben nombrar abogado y procurador en España.

Además, el juez cita a declarar el próximo 10 de abril como testigos a la mujer que presentó la querella, Amal Hag-Hamdo Anfalis, y a un testigo conocido como 'César', antiguo policía militar forense sirio que, según la querella, sería quien habría realizado las fotografías de personas supuestamente ejecutadas en centros de detención ilegal. También están citados otros tres testigos para el 9 de mayo, entre ellos el periodista Javier Espinosa.

En su resolución, el juez interesa asimismo de Eurojust que proceda a averiguar si existen denuncias de otros países de la Unión Europea que investiguen desapariciones forzadas, torturas, crímenes de guerra, terrorismo y delitos de lesa humanidad realizados por estructuras y personas pertenecientes a la Administración de la República de Siria con miras a la presunta constitución de un equipo conjunto de investigación que ayude a la consecución de información y pruebas de uso común en los respectivos procedimientos penales nacionales afectados.

En su auto, el titular del Juzgado Central de Instrucción 6 analiza los hechos descritos en la querella y considera que serían constitutivos de los delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra, tortura, terrorismo y desaparición forzada si bien, de acuerdo con las leyes y normativa nacionales y los tratados internacionales, procede admitirla únicamente por estos dos últimos delitos.

OPOSICIÓN DEL FISCAL

La Fiscalía de la Audiencia Nacional rechazó el pasado mes de febrero investigar la querella presentada el mismo mes contra el régimen sirio, acusando al Gobierno de Bashar al-Ásad de un presunto delito de terrorismo de Estado que se cobró la vida de su hermano, de nacionalidad siria.

La fiscal Teresa Sandoval, encargada del caso, consideró que la víctima de los hechos no era española y que "la ausencia de una víctima española como sujeto pasivo debe conducir inexorablemente al rechazo de la querella ante la imposibilidad de ejercer la jurisdicción para la investigación y el enjuiciamiento de los mismos", en relación a los hechos denunciados.

El Ministerio Fiscal alegaba que este caso no es competencia de los tribunales españoles porque no se cumple uno de los requisitos que establece la Ley Orgánica del Poder Judicial en relación a la competencia jurídica de España para investigar delitos, según consta en el informe remitido por la fiscal al juez instructor Eloy Velasco.

En concreto, la representante del Ministerio Público hace referencia al artículo 23 de la ley que advierte de que para investigar unos hechos es preciso que "la víctima tuviera nacionalidad española en el momento de la comisión de los hechos". Sandoval resalta, en este sentido, que "el concepto de víctima debe ser interpretado como sujeto pasivo del delito". En el caso de esta querella, la víctima no es española.

Es más, la persona que presentó la denuncia es "víctima indirecta". "Es evidente que la condición de víctima sólo puede identificarse con el sujeto pasivo del delito, y no con el concepto más amplio de perjudicado y/o víctima indirecta, que lo son exclusivamente a efectos indemnizatorios o de reparación del daño causado", alega la fiscal, que no pasa por alto que la hermana del fallecido no es "sujeto pasivo del delito".

El juez Velasco considera en contra del criterio de la Fiscalía que hay indicios de un delito de terrorismo "cuya atribución territorial a la jurisdicción española sí está permitida (...) cuando la víctima tenga nacionalidad española en el momento de la comisión de los hechos". Estos delitos sí son perseguibles por la justicia española cuando, además, concurra la imposibilidad de perseguirlos por instancias o tribunales insternacionales. Velasco entiende que en este caso los familiares del desaparecido, que sí tienen nacionalidad española, son víctimas y, por tanto, el asunto podría ser investigado en la Audiencia.

LA QUERELLA

La querella fue interpuesta a través de un equipo de abogados y en ella se relataba que el Estado sirio cometió, a través de sus fuerzas de seguridad e inteligencia, cometió un delito de terrorismo contra la población civil a raíz de las revueltas de la llamada Primavera Árabe en 2011.

Según la querella, la denunciante, de nacionalidad española, es víctima de la detención forzada, la tortura y la ejecución de su hermano, por lo que en virtud de la ley de justicia universal, reformada en 2014, "los tribunales españoles ostentan jurisdicción para investigar y enjuiciar estos hechos, constitutivos de un delito de terrorismo".

En ella se relata cómo el Estado sirio elaboró un plan de seguridad nacional destinado a acabar con las protestas y cualquier tipo de disidencia mediante detenciones, desapariciones forzadas, torturas y ejecuciones sistemáticas.

Como parte de ese plan, las fuerzas de seguridad sirias -prosiguen los denunciantes- empezaron a fotografiar los miles de cadáveres provenientes de estos centros de detención ilegal para generar un escrupuloso registro de la represión.

Para ello, encargaron a la policía forense tomar fotografías de los cuerpos torturados y sin vida de los detenidos en varios hospitales en Damasco, donde fueron transportados desde los centros de detención.

En septiembre de 2013, un policía forense desertó y consiguió salir de Siria, llevándose más de 50.000 fotografías. El archivo de `César´, alias con el que se conoce a este policía, contiene fotografías de los cuerpos torturados y mutilados de más de 6.000 víctimas.

(SERVIMEDIA)
27 Mar 2017
SGR/gja