Madrid. El PP pide modificar la Ley de Familias Numerosas para incluir nuevas tipologías
- Con especial atención a aquellas con personas con discapacidad y las monoparentales
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El portavoz del PP en la Asamblea de Madrid, Enrique Ossorio, anunció hoy que su grupo ha registrado en la Cámara una proposición no de ley, que se debatirá en el Pleno del 16 de marzo, en la que se pide la modificación de la Ley 40/2003 de Protección de las Familias Numerosas con el objetivo de incluir nuevas tipologías familiares, con especial atención a aquellas que cuentan en su seno con personas con discapacidad.
Ossorio explicó que el objetivo que se persigue “es ayudar a estas familias a afrontar los gastos derivados del cuidado de la discapacidad y las adecuaciones de vivienda necesarias para mejorar la calidad de vida de estas personas”.
Asimismo, recordó que la Estrategia de Apoyo a la Familia de la Comunidad de Madrid 2016-2021, incluye medidas que para su ejecución precisan de las modificaciones legislativas necesarias a realizar por el Gobierno ce en relación al concepto de familias numerosas.
Entre las modificaciones que se proponen figuran, por ejemplo, que se equipare a las parejas de hecho con aquellos progenitores unidos por vínculo matrimonial. Tambien que las familias con tres hijos y padre o/y madre discapacitado puedan ser considerados como categoría especial.
Otros de los cambios que se proponen es que las familias con tres hijos, teniendo uno de ellos discapacidad, puedan tener la consideración de familia numerosa de categoría especial. Además, indica la iniciativa que se incluya dentro de la categoría de familia numerosa aquellas en que ambos progenitores sean personas con discapacidad y su único hijo también lo sea.
FAMILIAS MONOPARENTALES EN RIESGO DE EXCLUSION
Ossorio dijo que los grandes cambios en los últimos años de la estructura social de España y en concreto la aparición de nuevas tipologías familiares, cuyas demandas resulta necesario atender, han traido como consecuencia la necesidad de introducir cambios legislativos, ampliando el concepto de familias numerosas a otros tipologías familiares distintas, y muy especialmente monoparentales con dos hijos, “que se encuentran en especial situación de riesgo de exclusión social, por cuanto el mantenimiento económico o el cuidado de los hijos recae en una única persona, dificultándose, por tanto, las tareas de conciliación de la vida familiar y laboral”.
Asimismo, añadió, resulta aconsejable proceder a la modificación de la legislación aplicable a las familias numerosas, al objeto, de que en aquellos supuestos en los que mediando un divorcio, el régimen de custodia de los hijos se adjudique a ambos ascendientes, de forma compartida, todos los integrantes de toda la antigua unidad familiar puedan seguir disfrutando de los beneficios de la Ley de Protección de Familias Numerosas y los hijos puedan formar parte de dos títulos de familia numerosa simultáneamente
Por último, señaló que al objeto de que un mayor número de unidades familiares puedan beneficiarse de las ventajas reconocidas legalmente para las familias numerosas de categoría especial, se reconocerá esta condición a partir del cuarto hijo, en todo caso, con la finalidad de eliminar las posibles desigualdades que desde un punto de vista socioeconómico afecten a estas unidades familiares.
(SERVIMEDIA)
07 Mar 2017
SMO/gja