Media Markt hizo “humor” y no incitó al delito con su campaña de “tarjetas black”

- Resolución de Autocontrol tras un anuncio cuestionado en redes sociales

MADRID
SERVIMEDIA

La Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol) ha dictado una resolución en la que declara que la cadena Media Markt no infringió el Código de Conducta Publicitaria con su anuncio de televisión en el que promocionaba unas 'tarjetas black' de descuento, en alusión al escándalo del uso de tarjetas opacas por directivos de Caja Madrid.

En el anuncio se ve a un hombre sobre un mosaico de billetes cien dólares, al que se identifica como un “pez negro”, vestido con traje negro y pajarita. A continuación, se observan varias tarjetas de color negro con descuentos de distintos importes y con el texto “Tarjeta Black”, mientras se escucha la locución en off: “¿Tarjetas Black sólo para unos pocos? No, no, no, tarjetas Black de hasta 300 euros para todos. (…). Sólo tienes 10 días para sentirte un pez gordo”.

Autocontrol ha desestimado una queja presentada por un particular que considera ilícito este anuncio, al entender que no debiera relacionarse el descuento ofrecido con el empleo que se ha hecho en España de las llamadas ‘tarjetas Black’, pues es tanto como “vincular una ventaja para el consumidor con algo delictivo”. En esta misma dirección se publicaron protestas en redes sociales durante los días de emisión del anuncio.

Para la entidad supervisora, “el anuncio se limita a vincular, en un tono claramente jovial, exagerado y humorístico, la tarjeta de descuentos que se promueve y que es de color negro con las conocidas ‘tarjetas negras’”.

“Todo ello, con el único fin de incrementar el atractivo de la publicidad gracias a su tono humorístico e irónico, sin incurrir en ningún momento en comportamiento alguno que pueda ser interpretado –siquiera sea lejanamente- como una incitación a comportamientos delictivos”, añade el fallo de la Sección Cuarta del Jurado de Autocontrol, al que ha tenido acceso Servimedia.

Autocontrol concluye en la resolución que la publicidad reclamada no infringe la norma 7 (principio de no incitación a comportamientos ilegales) del Código de Conducta Publicitaria.

(SERVIMEDIA)
23 Feb 2017
JRN/gja