El Supremo establece que la madre de un adulto con esquizofrenia no puede vivir de forma indefinida en la vivienda del excónyuge
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La Sala Civil del Tribunal Supremo ha fijado criterio sobre el uso y disfrute de la vivienda que fue de uso familiar en divorcios con hijos adultos con algún nivel de dependencia, tras fallar sobre el caso planteado por una madre que vive con una hija mayor de edad con esquizofrenía en una casa propiedad del padre y establecer que esa circunstancia no puede ser ilimitada en el tiempo.
El Supremo señala que la “peculiaridad” del caso se encuentra en que la vivienda “es privativa del esposo, y aunque no hay hijos menores de edad, uno de ellos padece esquizofrenia, lo que le impide vivir solo, y hace necesaria la ayuda de un tercero para su control, especialmente con la medicación”.
Sin embargo, concluye que “el interés superior del menor, que inspira la medida de atribución de la vivienda familiar, no es en todo caso equiparable al interés del hijo mayor de edad con discapacidad a los efectos de otorgarle la misma protección que se dispensa al menor de edad. Y ello porque el interés del menor tiende a su protección y asistencia de todo orden, mientras que el de la persona con discapacidad se dirige a la integración de su capacidad de obrar mediante un sistema de apoyos orientado a una protección especial según el grado de su discapacidad”.
Según informó este viernes el Supremo en un comunicado, la Audiencia Provincial de Valencia, al igual que el juzgado de instancia, atribuyó por un tiempo limitado de tres años el uso y disfrute de la casa a la progenitora.
La mujer recurrió la equiparación de hijos dependientes a los menores y, en consecuencia, reclamó el uso indefinido de la casa. El Tribunal Supremo, que ya había reconocido dicha equiparación en relación con el derecho de alimentos, no lo ve posible en este, pues entiende que quitar ese límite temporal supondría imponer al titular del inmueble una limitación de por vida “que vaciaría de contenido económico el derecho de propiedad o lo reduciría considerablemente”.
(SERVIMEDIA)
27 Ene 2017
AHP/gja