La CNMC ve “fuertes restricciones al acceso y ejercicio” profesional en el Estatuto del Consejo de Economistas
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) publicó este martes el Informe sobre el Proyecto de Estatutos Generales del Consejo General de Economistas de España, en el que observa restricciones de acceso y ejercicio de la actividad profesional y realiza una serie de recomendaciones.
En el proyecto analizado, la CNMC ha detectado que hay remisiones al estatuto profesional de economistas y titulares mercantiles del año 1977 y señala que “contiene fuertes restricciones al acceso y ejercicio de actividades profesionales”.
Así, por ejemplo, explica que para ejercer como perito judicial o administrador concursal se requiere ser un profesional colegiado. También establece que sólo algunos titulados pueden acceder a la profesión de economista, profesor o perito mercantil.
Para la CNMC, ambas medidas “reducen la oferta de servicios de bienes intermedios y finales, limitan los incentivos de los profesionales a prestar servicios de mayor calidad e innovación, incrementan los precios para un mismo nivel de calidad y facilitan la aparición de acuerdos o prácticas concertadas restrictivas de la competencia y perjudiciales para el interés general”.
La Comisión recordó también que el reconocimiento normativo de los colegios profesionales como corporaciones públicas no implica su “obligatoriedad”.
Además, se realizan una serie de recomendaciones, como replantear la exigencia de inscribirse en el colegio donde se encuentre el domicilio único o principal del profesional, ya que supone una restricción económica contraria a la Ley de Garantía de Unidad de Mercado.
Además, esta exigencia limitaría la libre elección del profesional e impide que los colegios compitan entre ellos en los precios de inscripción o servicios prestados.
Apuesta también por revisar las previsiones que recogen las titulaciones exigidas para la colegiación, de forma que se eliminen las referencias a titulaciones concretas y que el contenido de este precepto remita a una regulación actualizada.
La CNMC, por otra parte, pide “extremar la cautela” en la interpretación y aplicación de determinadas funciones que pueden ser restrictivas de la competencia. Por ejemplo, actuaciones para “dignificar la profesión” o funciones de representación de la profesión o de “adopción de medidas para evitar el intrusismo profesional”.
(SERVIMEDIA)
07 Jun 2016
BPP/caa