El Cermi plantea mejorar las pensiones de orfandad de las personas con discapacidad
- Pide modificar la valoración de la capacidad para el trabajo
- Pretende elevar el importe de la pensión hasta alcanzar el máximo del 70%
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El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) planteó mejorar el ámbito de las pensiones, especialmente en caso de orfandad, para las personas con discapacidad en las que se observa un agravamiento de las condiciones.
Según el ‘Estudio sobre el agravio comparativo económico que origina la discapacidad’, del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, las personas con discapacidad y sus familias deben hacer frente a un gasto monetario extraordinario como consecuencia de su discapacidad. Así, el gasto directo medio anual en cada hogar ocasionado por la discapacidad que así lo declaran, asciende a 2.874 euros, de acuerdo con la Encuesta sobre Discapacidades, Autonomía personal y situaciones de Dependencia (EDAD 2008). Esta cantidad supone el 9% del gasto anual medio por hogar, cifrado, además, por la Encuesta de Presupuestos Familiares para 2008 en 31.953 euros.
En concreto, en relación a la pensión de orfandad se realizaron dos propuestas. Por un lado modificar la exigencia de que se valore la incapacidad para el trabajo, es decir, la reducción de la capacidad de trabajo, en el porcentaje del grado de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, en lugar de ser suficiente el reconocimiento del grado de discapacidad en porcentaje igual o superior al 65%.
Esta propuesta viene justificada por la necesidad de simplificar el procedimiento de acceso al reconocimiento de la pensión. Ahora, los solicitantes pasan por una doble evaluación, la que efectúan los equipos de valoración de incapacidades y la que casi todos ellos han pasado para obtener el reconocimiento del grado de discapacidad. Este aspecto viene reflejado en el apartado 1 del artículo 224 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Por otro lado se propuso elevar el importe de la pensión hasta alcanzar el máximo de la pensión de viudedad (70%). En este caso la justificación viene por la situación económica que padecen las personas con discapacidad, expuesta en la introducción de este documento. Se modifica el apartado uno del artículo 36 del Decreto 3158/1966, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General que determina la cuantía de las prestaciones económicas del Régimen General de la Seguridad Social y condiciones para el derecho a las mismas.
20,5%, TASA DE POBREZA EN HOGARES CON DISCAPACIDAD
Partiendo de los datos de la EDAD 2008, se puede confirmar que la tasa de pobreza de los hogares en los que hay personas con discapacidad es del 20,5% mientras que la de hogares con personas sin discapacidad es del 13,8%. Pero esta diferencia en las tasas de pobreza es más exagerada en la tasa de pobreza severa (por debajo del 40% de la mediana de renta) la que tiene un mayor impacto en las personas con discapacidad (12,7%) frente a la que no sufre discapacidad alguna en su hogar (6,8%), casi el doble.
(SERVIMEDIA)
04 Mayo 2016
SRZ/isp