Ampliación

El juez Velasco rechaza el 'caso Vitaldent' por no tener "entidad suficiente" para la Audiencia

MADRID
SERVIMEDIA

El juez Eloy Velasco ha rechazado quedarse con el 'caso Vitaldent' y acuerda devolverlo a la juez de número 2 de Majadahonda (Madrid), al carecer la causa “de la entidad suficiente para atraer la competencia de la Audiencia Nacional”.

Velasco, en un auto conocido este jueves, toma esta decisión después de que la magistrada que inició esta investigación en Majadahonda, María Isabel Serrano, se inhibiera a favor de la Audiencia para que fuera este tribunal el que investigara a partir de ahora a la cúpula de la compañía.

La instructora tomó esta decisión después de acordar en febrero prisión incondicional contra el propietario de Vitaldent, Ernesto Colman; el vicepresidente, Bartolomé Conde, y los colaboradores Nicolás Sisinni y Javier Arteaga.

DISCREPANCIAS ENTRE MAGISTRADOS

La juez les atribuía delitos de fraude fiscal, delito continuado de blanqueo de capitales, falsedad en documento oficial y mercantil, un delito de estafa y apropiación indebida, un delito contable y un delito de organización criminal por haber diseñado y participar en un complejo sistema defraudatorio hacia franquiciados, clientes y pacientes, y a la propia Hacienda Estatal.

Sin embargo, Velasco considera que no se cumplen las condiciones establecidas por la ley para que el 'caso Vitaldent' sea competencia de la Audiencia. Indica, en concreto, que en el caso de delitos de fraude o maquinación para alterar el precio de las cosas, tiene que verse afectado el tráfico mercantil y tener una gran repercusión sobre la economía nacional o un perjuicio patrimonial sobre una generalidad de personas, condiciones estas que no se cumplen.

En lo relativo a los delitos contra la Hacienda pública y el blanqueo de capitales, el magistrado asegura en un auto de dos folios que el asunto investigado “no tiene la entidad y significación suficiente para conmover la confianza, que es el fundamento necesario de la seguridad del tráfico mercantil o alterar el normal desarrollo de la economía nacional”.

En esa misma línea explica que la cifra presuntamente defraudada no es “significativa, impactante o de enorme envergadura para afectar o conmover la seguridad del tráfico mercantil o la economía nacional”.

DELITO CONTRA LA HACIENDA PÚBLICA

Eloy Velasco entiende que el delito contra la Hacienda pública debe investigarse en el lugar donde la empresa tiene su domicilio fiscal, en este caso, Majadahonda (Madrid). Aunque en el momento actual de la investigación, dice el juez de la Audiencia, “parece que las investigaciones se enmarañan, se recrecen y se hacen inmanejables”, al final “suelen simplificarse”.

De hecho, concluye, ya se sabe que la doble contabilidad y el dinero opaco se gestionaba a través de las franquicias propias y, por tanto, afecta únicamente a “algunos franquiciados” y no afecta a todos los franquiciados de Vitaldent en la geografía española, muchos de los cuales no han participado en la comisión de ese delito.

Además, indica que la cuantía de lo defraudado (más de 120.000 euros según la Agencia Tributaria) “no es de un volumen económico que pueda causar grave repercusión a la economía nacional”.

Finalmente, deshecha también al argumento de que se abrieron cuentas en el extranjero para justificar la inhibición, puesto que el dinero acababa regresando a España y aflorando en el circuito económico legal, convirtiendo su paso por el extranjero en “un mero carrusel de los que tantos se investigan en juzgados ordinarios, porque el grueso del delito ocurre en España”.

(SERVIMEDIA)
07 Abr 2016
SGR/gja