El Supremo avala que los profesores de Religión cobren por antigüedad

- Desestima un recurso presentado por Educación

MADRID
SERVIMEDIA

Los profesores de Religión dependientes del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte podrán cobrar los sexenios como el resto de docentes, después de que una sentencia del Tribunal Supremo los equipare a los interinos.

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dado la razón a los sindicatos CSI-F y ANPE, que demandaron ante la Audiencia Nacional que los docentes que imparten Religión dependientes de Educación gocen del mismo reconocimiento en los sexenios que los profesores interinos, tras resolver el recurso de casación que el Ministerio presentó contra la decisión de la Audiencia.

El fallo reconoce este ‘plus’ de antigüedad ligado a la formación, equiparándoles de esta manera al cuerpo de interinos, y sienta jurisprudencia sobre un conflicto colectivo iniciado en 2014, que afecta a 2.800 trabajadores de las comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Cantabria, Canarias, Ceuta y Melilla, según informó CSIF.

El sindicato expresó su satisfacción por la decisión del Supremo y anunció que exigirá a Educación el pago “de las cantidades y los retrasos correspondientes que se adeudan al colectivo afectado”.

El Supremo toma como referencia una sentencia previa que afectaba a los profesores de Religión dependientes de la Comunidad Autónoma de Madrid a los que ya se les dio la razón en 2014.

(SERVIMEDIA)
07 Mar 2016
GIC/gja