La Fiscalía vigilará la evolución del menor que agredió a Rajoy para pedir el aumento o rebaja de su internamiento
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La Fiscalía del Menor hará un seguimiento puntual de la evolución del joven que dio un puñetazo al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, durante un paseo electoral por Pontevedra, y elaborará un informe en el que podrá proponer al juez de instrucción número 1 de Pontevedra el aumento o la rebaja del internamiento en un centro de reeducación, que ayer fijó en seis meses.
Al no haber cumplido aún los 18 años, el joven agresor está sometido a la Ley de Responsabilidad Penal del Menor, que deja al juez un amplio margen de decisión en relación a las medidas cautelares que se aplican.
El confinamiento en un centro cerrado es la medida de mayor alcance que se puede adoptar. Tiene por objetivo la reeducación y concienciación del menor en relación a los actos que motivaron su internamiento y su duración puede variarse respecto a lo acordado por el juez en un primer momento en función de su evolución personal, de manera que puede prolongarse o acortarse.
El informe de la Fiscalía se apoyará en el relato que aportarán los responsables del centro Monte Ledo de Ourense, en el que se ha recluido al menor, y en una serie de informes psicológicos y de los servicios sociales, que irán acreditando si el objetivo de reinserción que persigue la medida cautelar de internamiento se va alcanzando.
El arrepentimiento puede jugar un papel importante en ese proceso, que deberá ser valorado por la fiscal de Menores de Pontevedra, Encarnación Boullón. Tras un período de internamiento, el juez de Menores podría acordar el paso a un centro abierto, al que el joven tendría que acudir ciertas horas al día por un tiempo máximo de hasta seis años, que podría seguir cumpliendo después de haber superado la mayoría de edad.
También podría imponérsele la prestación de servicios en beneficio de la comunidad por una cantidad de horas determinadas a la semana o en una cantidad de fines de semana que estableciera el juez. El régimen cerrado que se le ha aplicado está reservado a hechos graves, pero puede ser modificado a petición de la Fiscalía y bajo decisión judicial dada la mayor flexibilidad de la legislación aplicable a los menores de edad.
(SERVIMEDIA)
18 Dic 2015
SGR/caa