Cataluña. El fiscal recurre el archivo de la denuncia contra Sant Cugat y considera “insólita” e “inconsistente” la decisión del juez
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La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha presentado recurso de amparo ante la Sala de lo Penal contra la decisión del juez José de la Mata de archivar la denuncia presentada por el ministerio público por presuntos delitos de rebelión y sedición contra el Pleno Municipal de Sant Cugat del Vallés, que respaldó una moción de apoyo a la resolución independentista del Parlamento autonómico de Cataluña. A su juicio, la decisión del magistrado es “absolutamente precipitada”, “insólita” e “inconsistente”.
En el auto de archivo dictado el pasado día 11, De la Mata recuerda que los hechos objeto de la denuncia supuestamente se produjeron justo después de la suspensión de la Resolución 1/XI por el Tribunal Constitucional, pero “desde luego” antes de que se dictara la sentencia sobre el fondo del asunto que declaró la inconstitucionalidad y nulidad de la resolución parlamentaria.
Además, indicaba como “llamativo” que se considere que puede constituir delito de rebelión o de sedición cualquier acto de apoyo a la resolución por parte de los miembros de la corporación local y, sin embargo, no se estime lo mismo en relación con los propios parlamentarios que lo aprobaron y tampoco en relación con las organizaciones de la sociedad civil que han impulsado y promovido activamente la campaña municipal de mociones de apoyo.
El fiscal Daniel Campos arremete con dureza contra la decisión del juez por entender que ha sido “absolutamente precipitada en el fondo y en la forma”. Insiste en que se presentó una denuncia y no una querella, porque esta fórmula permite investigar hechos que “aparentemente pueden tener relevancia penal”, pero que es necesario esclarecer.
Insiste en que para determinar si los hechos en cuestión son delictivos es necesario practicar diligencias y comprobar “si pueden exigirse responsabilidades penales a personas concretas”. Por eso, insiste en que “en esta fase inicial” del procedimiento “no parece muy adecuado que el instructor realice un juicio de fondo” sobre los hechos.
“ESTRATEGIA PLANIFICADA”
A su entender, la resolución recurrida resulta “insólita” y cercena la posibilidad de “indagar” si “la manifestación de voluntad institucional del Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallés”, situación en que se encuentra otras cuatro corporaciones investigadas en la Audiencia, y en la que la podrían incurrir los cerca de 70 municipios que ha aprobado el respaldo a la declaración independentista, es una “iniciativa aislada o no”.
La Fiscalía sospecha, según dice en su escrito que “todo apunta” a que la aprobación en decenas de municipios de declaraciones de apoyo similares conforman “una estrategia planificada y concertada con el propósito de generar una situación o contexto de incumplimiento generalizado de la legalidad constitucional que permita la consecución de la independencia al margen de las vías legales de esa parte del territorio nacional”.
En ese sentido, el recurso indica que resulta “obvio” que de acreditarse las conductas cometidas a investigación, se podría concluir que tienen “encaje jurídico como actos preparatorios –no ejecutivos- de un posible delito de sedición”.
Por eso, el fiscal entiende que “la decisión de archivar sin practicar diligencias (…) resulte una decisión prematura y contraria a las propias finalidades de la instrucción. (…) La negativa a realizar siquiera una mínima investigación supone una vulneración al derecho de la tutela judicial efectiva”.
Pero, además, el ministerio público señala que los argumentos dados por el juez para respaldar el archivo son “tan inadecuados como inconsistentes” y que “no es razonable sostener que el hecho sólo puede ser delictivo y punible desde que se dicta la sentencia del Tribunal Constitucional y no antes” porque el TC se limita a resolver un conflicto y por tanto el ilícito penal existe al margen de esa resolución.
(SERVIMEDIA)
16 Dic 2015
SGR/gja