El Gobierno aprueba la regulación necesaria para aplicar las nuevas ayudas agrícolas europeas
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El Consejo de Ministros aprobó este viernes el real decreto que regula la aplicación, a partir de 2015, de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como la gestión y control de estos pagos y de los correspondientes al desarrollo rural.
Se trata de una norma que abarca la práctica totalidad de las ayudas directas a la renta de los agricultores y ganaderos en el marco de la PAC, además de la ayuda nacional para los frutos de cáscara, y regula la solicitud, gestión y control de éstas y otras ayudas al desarrollo rural, con un presupuesto que para el periodo 2014–2020 ascenderá a 35.705 millones de euros.
Esta cantidad, unida a los 8.291 millones de euros para desarrollo rural y a los 3.500 millones de euros para medidas de mercado, en el marco de la Organización Común de los Mercados Agrarios, conforman el presupuesto de 47.500 millones de euros de fondos comunitarios para la aplicación de la PAC en España en el periodo 2014-2020.
Tal como se recoge en la nueva norma, los pagos se destinan a los “agricultores activos”, es decir, aquellos que tienen una actividad económica mínima de la que obtienen ingresos agrarios, a parte de las propias ayudas, o, en su caso, que demuestren que realizan directamente y bajo su responsabilidad una actividad agraria, que consista en cultivar o criar ganado o en mantener en buenas condiciones las superficies de su explotación.
Además, como medida de simplificación, se implantará un régimen para pequeños agricultores que facilitará la tramitación de las solicitudes de menos de 1.250 euros de ayudas anuales.
A partir del próximo 1 de marzo se abrirá la ventanilla para que agricultores y ganaderos presenten sus solicitudes correspondientes a la campaña de ayudas 2015.
Además, el Gobierno aprobó también hoy el Real Decreto sobre la asignación de los nuevos derechos de pago básico de la PAC, establecida en el Reglamento comunitario, derechos que estarán vigentes para el periodo de aplicación 2015-2020.
En el Real Decreto de asignación se recogen también los requisitos que hay que cumplir para poder beneficiarse de la nueva asignación de derechos de pago básico, ya que el 31 de diciembre de 2014 los derechos de pago único existentes desaparecen.
El valor inicial de dichos derechos se calculará partiendo de la base del total de pagos directos, desacoplados o que se desacoplen, percibidos en la campaña 2014.
Además se regula una reserva nacional de derechos de pago básico que debe utilizarse, de manera prioritaria, para facilitar la participación de jóvenes agricultores que comienzan su actividad agrícola y para atender otras situaciones específicas.
Por otro lado, aprobó otro real decreto por el que se establecen las normas de la condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola.
Por último, dio también su visto bueno a un real decreto para aplicar en España nuevas medidas del programa de apoyo al sector vitivinícola para el periodo 2014-2018, incorporando las nuevas medidas previstas en los reglamentos del Parlamento Europeo y del Consejo, aprobados en 2013.
En este contexto, el presente Real Decreto recoge como novedad la posibilidad de financiar, dentro de la medida de reestructuración y reconversión de viñedos, la replantación de viñedos en caso de arranque obligatorio producido por motivos sanitarios o fitosanitarios.
(SERVIMEDIA)
19 Dic 2014
JBM/gja