C. Valenciana. Los cooperantes recibirán una indemnización por daños ante secuestros u otros actos violentos
- La Generalitat aprueba el Anteproyecto de Ley del Estatuto de las personas cooperantes valencianas
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El pleno del Consell aprobó hoy, a instancias de la Consejería de Solidaridad y Ciudadanía, el Anteproyecto de Ley del Estatuto de las personas cooperantes valencianas que recoge el derecho a recibir una indemnización, por los daños físicos o psíquicos en caso de ser víctimas de secuestro u otros actos violentos.
La ley valenciana contempla, además, la inclusión de los misioneros y cooperantes valencianos, vinculados a cualquier entidad o confesión religiosa así como, la ayuda económica para el cooperante, cónyuge o hijos en los casos en que no esté contemplada por la normativa estatal como la pérdida de vida y la invalidez permanente, atención médica, repatriación en caso de accidente grave, enfermedad, fallecimiento, catástrofe o conflicto bélico en el país de destino o territorio de destino.
En esta línea, el cónyuge de la persona cooperante y los hijos recibirán una aportación económica para los gastos en su primer viaje, además de asistencia social y ayuda económica para los gastos de escolarización en el país de destino.
Estas ayudas se llevarán a cabo siempre que el contrato de cooperación tenga una duración mínima de un año.
Se trata de la primera iniciativa legislativa autonómica de España que amplía la normativa estatal sobre personas cooperantes. La Comunidad Valenciana se convierte así en la primera región que aprueba una legislación propia destinada a la promoción de las actividades de cooperación y al reconocimiento de derechos, garantías y prestaciones especiales para las personas cooperantes valencianas.
Las estimaciones más recientes señalan que en España hay unas 1.400 personas cooperantes, de las cuales 300 son valencianas (200 cooperantes y 100 misioneros).
(SERVIMEDIA)
15 Ene 2010
CDM/jrv