Un cambio sobre medidas cautelares acelerará la protección de maltratadas y víctimas del terrorismo

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó hoy una modificación del Sistema de Registros Administrativos (Siraj) para mejorar la protección a las víctimas, lo que permitirá una aplicación más rápida de medidas cautelares para garantizar la seguridad de menores, mujeres o víctimas del terrorismo.

A propuesta del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, el Gobierno aprobó un decreto por el que se modifica la regulación del Siraj, con el objeto de mejorar la protección a las víctimas de agresiones y agilizar la comunicación entre las administraciones públicas con acceso al sistema de registros.

Según informó Justicia, el decreto permite que, en el futuro, las medidas cautelares de protección que se adopten por un tribunal en el curso de un proceso judicial se grabe de forma inmediata en el Registro Central de Medidas Cautelares, sin necesidad de esperar, como ocurría ahora, a que le sean notificadas al imputado.

El objetivo de la reforma es garantizar la protección de todas las víctimas desde el mismo momento en que se dicte la medida. Entre los colectivos más vulnerables que se verán especialmente beneficiados por esta modificación figuran los menores, las mujeres víctimas de agresión o las víctimas del terrorismo.

“SITUACIONES DE RIESGO”

Justicia explicó que “se evitan así situaciones de riesgo para la víctima, que la práctica diaria demuestra frecuentes, cuando la notificación al imputado no es posible por encontrarse en paradero desconocido o se demora hasta su localización”. Esta novedad ya estaba incorporada en el Registro Central para la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica y de Género y ahora se extiende al resto de víctimas.

Otra novedad de esta reforma es que las comunicaciones con la Dirección General de Tráfico (DGT) de los datos relativos a cualquier pena o medida relacionada con la seguridad vial se harán, a partir de ahora, de manera telemática.

Esta información se remitía, hasta ahora, por el secretario judicial en formato papel, por lo que se mejora la calidad y confidencialidad de los datos transmitidos y se descarga al funcionario del juzgado de dicha obligación al tratarse de datos que ya ha transmitido previamente al Registro. Con esta modificación se gana en inmediatez y en seguridad.

Además, se crea un fondo documental de requisitorias con la información necesaria para poder resolver acerca de la situación personal del requisitoriado a través del sistema informático, accesible en cualquier momento desde cualquier órgano judicial.

En este sentido, cuando un ciudadano de la Unión Europea solicite un certificado de antecedentes penales español, estará obligado a tramitar el certificado de antecedentes penales del país de origen. Esta medida cumple con lo dispuesto en la Decisión Marco 2009/315/JAI del Consejo Europeo de 26 de febrero de 2009 relativa al intercambio de información de los registros de antecedentes penales entre los Estados Miembros de la UE.

(SERVIMEDIA)
04 Jul 2014
NBC/gja