Facua pide que Uber y BlaBlaCar se sometan a la ley para garantizar los derechos de los pasajeros

MADRID
SERVIMEDIA

La Federación de Consumidores en Acción (Facua) pidió este martes que plataformas como Uber o BlaBlaCar, que ofrecen un servicio auxiliar de transporte de pasajeros o realizan una intermediación entre servicios de transporte y usuarios y realizan una actividad económica, deban someterse a la legislación vigente para asegurar la protección máxima al consumidor y dejar claras las responsabilidades ante los incumplimientos que se produzcan.

Según defiende Facua en una nota de prensa, las plataformas que cuentan con una infraestructura de personal, tecnológica y financiera, y que persiguen el ánimo de lucro a través del servicio de intermediación en el transporte de usuarios con conductores profesionales no pueden ser consideradas dentro del concepto de transporte privado, de acuerdo a la ley.

A este respecto, Facua recuerda que según la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT), se considera transporte privado (el que se realiza entre particulares) aquel que nunca da lugar a remuneraciones económicas -el único objetivo es compartir gastos- y el desplazamiento del usuario coincide con el del conductor.

En el caso de Uber, Facua denuncia que detalla su estructura empresarial en su propia página web, incluyendo sus inversores económicos, entre los que se encuentran financieras como Goldman Sachs o Google Ventures.

Por ello, sostiene que estas compañías, que ofrecen un servicio o una intermediación entre usuarios y proveedores, deben someterse a la LOTT, indistintamente de la plataforma en la que distribuyan sus servicios, para garantizar los derechos de los usuarios, dado que están realizando una actividad auxiliar complementaria del transporte.

En cuanto a BlaBlaCar, apunta que ha comenzado a ofrecer el servicio de intermediación en el transporte de viajeros, encargándose de gestiones como la reserva del asiento, el cobro y facturación del servicio, ofrecido a través de conductores privados no profesionales.

De esta actividad, según Facua, deben derivarse responsabilidades ante los eventuales incumplimientos o irregularidades que se puedan producir en la prestación del servicio y por tanto debe estar regulada.

Por último, apunta que estas compañías deben someterse también a la legislación en vigor sobre protección de los consumidores y usuarios.

(SERVIMEDIA)
17 Jun 2014
JBM/caa