Extremadura. Los docentes pueden desde hoy solicitar la jubilación anticipada voluntaria

- El plazo está abierto hasta el 28 de febrero

MADRID/SEVILLA
SERVIMEDIA

Los funcionarios de los cuerpos docentes que reúnan los requisitos exigidos podrán solicitar la jubilación anticipada voluntaria, con efectos de 31 de agosto del curso escolar en que lo soliciten, entre el próximo 1 de enero y el 28 de febrero.

Así, podrán solicitarla los funcionarios del ámbito de la Consejería de Educación, incluidos en el ámbito de aplicación del régimen de Clases Pasivas del Estado, pertenecientes a alguno de los siguientes cuerpos: maestros, catedráticos y profesores de Enseñanza Secundaria, de Formación Profesional, de Música y Artes Escénicas, de Artes Plásticas y Diseño, de Escuelas Oficiales de Idiomas y el cuerpo de inspectores de educación.

En cuanto a los requisitos que deberán cumplir, los solicitantes deberán haber permanecido en activo ininterrumpidamente en los 15 años anteriores a la presentación de la solicitud en puestos pertenecientes a las correspondientes plantillas de centros docentes, o que durante una parte de ese periodo hayan permanecido en la situación de servicios especiales, hayan ocupado un puesto de trabajo que dependa funcional u orgánicamente de las administraciones educativas, o bien les haya sido concedida la excedencia.

Asimismo, deben tener cumplidos los sesenta años de edad al 31 de agosto del curso escolar en que solicitan la jubilación anticipada voluntaria y tener acreditados, como mínimo, 15 años de servicios efectivos el 31 de agosto del año que se solicita, acumulándose a los prestados al Estado y los prestados a la Comunidad, tras la transferencia de competencias en materia de enseñanza no universitaria.

(SERVIMEDIA)
01 Ene 2010
CDM/jrv