La Fiscalía propone que a los etarras se les fraccionen las condenas para aplicarles la ‘Parot’

- Pide a la Audiencia Nacional que aplace sus deliberaciones hasta que se pronuncie el Supremo

MADRID
SERVIMEDIA

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha propuesto un novedoso criterio para aplicar la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre la ‘Parot’ y que pasa por fraccionar las condenas a los etarras para aplicarles la doctrina a partir de febrero de 2006, lo que supondría su permanencia en prisión.

Los escritos presentados hoy por el Ministerio Público ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, y que recogen este criterio, señalan que la sentencia del tribunal con sede en Estrasburgo (Francia) “de ninguna manera declara contraria a derecho la ‘doctrina Parot’ ni tampoco menciona que la misma conculque alguno de los derechos reconocidos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos”.

El departamento dirigido por el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, entiende que la sentencia del TEDH solo establece que la doctrina no se puede aplicar retroactivamente. Pero, a pesar de que Estrasburgo establece que esta reatroactivadad se produce si se aplica a hechos cometidos después de 1995, la Fiscalía de la Audiencia Nacional asegura que la fecha a tener en cuenta es el 28 de febrero de 2006, día en el que el Supremo estableció la ‘Parot’.

“En modo alguno se excluye la aplicación de la doctrina Parot a las redenciones de penas por el trabajo que se obtuvieran a partir del 28 de febrero de 2006”, afirma la Fiscalía en sus informes.

De esta forma, el Ministerio Público pide que a los etarras que están reclamando su salida de prisión se les fraccionen sus condenas para aplicarles la citada doctrina a partir de febrero de 2006. De esta forma, a un etarra condenado en 1994 a varias penas de larga duración, se le reducirá la pena que haya cumplido hasta febrero de 2006 con los beneficios penitenciarios que haya obtenido, pero cumplirá integros los años de prisión que le falten desde esa fecha.

“pueden distinguirse dos tramos: hasta el 28 de febrero de 2006, en que no es admisible la aplicación de la doctrina Parot y desde esa fecha en la que la doctrina Parot será de aplicación”, asegura

En la práctica, la aplicación de este criterio supondría que los etarras a los que se haya aplicado la ‘Parot’ seguirían en prisión.

Aún así, la Fiscalía admite una excepción: habrá que excarcelar a aquellos presos que tuviesen una fecha firme de salida de prisión antes de febrero de 2006.

RECLAMACIONES DE 11 ETARRAS

La Fiscalía, en concreto, hace estas apreciaciones en los informes presentados con respecto a los etarras Jokin Mirena Sancho, Isidro María Garalde, Raúl Ibáñez, José Ignacio Urdiain, Jon Koldo Aguinagalde, Joseba Koldobika Artola, Elías Fernández Castañares, Domingo Troitiño, Juan Francisco Gómez López, Luis María Azcargorta y

Juan Andrés Urquizu. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional tiene ya sobre la mesa las peticiones de excarcelación de estos 11 terroristas, que han pedido quedar en libertad com sucedió como Inés del Rio y Juan Manuel Píriz López.

En los 11 informes, realizados por el teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Jesús Alonso, se pide a los magistrados de la Sala de lo Penal que aplacen su decisión sobre estos etarras, cuya situación iban a estudiar en principio este viernes, y que esperen a que el Supremo se pronuncie sobre la sentencia del TEDH. El Alto Tribunal ha fijado un pleno para el próximo martes en el que estudiarán la sentencia de Estrasburgo.

La Fiscalía pide que se espera a que el Supremo fije “los cauces, criterios y alcance de la doctrina emanada del TEDH y evitar de esta manera la posibilidad de resoluciones contradictorias”.

El departamento dirigido por el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, pide asimismo a la Sala de lo Penal que solicite a Instituciones Penitenciarias las fechas en las que se aprobaron las liquidaciones de condenas de los 11 etarras.

(SERVIMEDIA)
06 Nov 2013
DCD