País Vasco. Condenan a Osakidetza a una indemnización de 120.000 euros por la muerte de una niña al nacer
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El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Vitoria ha condenado al Servicio Vasco de Salud, Osakidetza, a indemnizar con 120.000 euros, más intereses legales, a J.M.O.Z. y a C.G.F. por el fallecimiento, en el momento del parto, de la hija que esperaban.
Según informó este miércoles la asociación El Defensor del Paciente, cuyos servicios jurídicos han tramitado la denuncia, los hechos ocurrieron en el hospital de Basurto el 16 de mayo de 2006, cuando la niña nació muerta.
La sentencia, que es firme, considera probada la "deficiente atención, seguimiento o control imputable a la Administración sanitaria demandada", dado que "una vez que se rompió la bolsa amniótica el trazado mostraba una pérdida de variabilidad que no fue valorada, pues unida al meconio hubiera sido obligado la realización de un PH fetal y de no poder realizarlo indicar la extracción fetal, habiendo evitado las graves alteraciones cardíacas que a continuación acontecieron y que condujeron a la muerte de la hija de los recurrentes".
Según informó la citada asociación, el fallo concluye que "los encargados del servicio se mostraron negligentes e imprevisores".
Por si todo esto no fuera suficiente, la asociación El Defensor del Paciente cree que los médicos del hospital de Basurto "ocultaron dolosa e intencionadamente al juez el documento que reflejaba el estudio del equilibrio ácido-base del cordón umbilical", porque ese documento, a su juicio, es esencial en este tipo de juicios.
En su opinión, este documento probaba "el sufrimiento fetal intenso que tuvo lugar y que por negligencia no fue atendido como pudo haberse hecho, lo que hubiera evitado el desenlace fatal".
(SERVIMEDIA)
16 Dic 2009
NLV/caa