Anulan una multa por rebasar el semáforo en rojo ante las dudas que ofrecen las fotografías
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Un juzgado de Madrid ha estimado un recurso promovido por Automovilistas Europeos Asociados (AEA) en defensa de uno de sus miembros, anulando la sanción de 200 euros y cuatro puntos impuesta por el Ayuntamiento de la capital por rebasar en rojo un semáforo, al entender que "el examen de las fotografías incorporadas al expediente deja suficiente lugar a dudas".
Según se recoge en la sentencia, "las fotografías en cuestión (dos) muestran una secuencia en la que el vehículo presuntamente infractor se encuentra en una posición anterior y posterior a la línea de detención que marca el semáforo para el paso de peatones". "Sin embargo", añade, "aunque es cierto que el color de la luz que aparece en las fotografías no puede ser determinante para entender cometida o no la infracción sí lo es la determinación de la posición (central o en la parte superior más alta del semáforo) de la luz que se encuentra encendida en la secuencia mostrada en las fotografías".
El fallo considera que "la distancia que existe en la parte inferior de la luz encendida y hasta la superior del dispositivo destinado a regular el tránsito de los peatones no parece ser suficiente para albergar los espacios correspondientes a la luz ámbar y verde, como habría debido ser en el caso de que el semáforo estuviese ciertamente en fase roja".
Por esa razón, señala Automovilistas Europeos en una nota de prensa, en el expediente existía la duda razonable de que el sistema de foto-rojo no hubiera captado correctamente la infracción que se le atribuía.
Tal circunstancia, según la sentencia, coloca al recurrente "en una situación de indefensión -al no haberse admitido las pruebas propuestas en vía administrativa- y por encima de ello incluso, en el caso de aplicar el principio 'in dubio pro reo', al no considerarse suficiente la prueba de cargo existente en el expediente".
"Todo ello considerando que la denuncia se cursó por un agente cuya observación directa de la infracción no consta sino a partir de las repetidas fotografías", subraya el fallo judicial.
Según recuerda la asociación de automovilistas, precisamente en marzo de 2010 ésta denunció que había detectado numerosos errores de sincronía entre las cámaras que captaban las supuestas infracciones y las fases del control semafórico, lo que estaba dando lugar a la formulación de miles de denuncias por rebasar el semáforo en rojo a automovilistas que lo sobrepasaban en ámbar.
AEA resalta que ahora la justicia ha demostrado que tenía razón y que el Ayuntamiento de Madrid ha estado imponiendo miles de sanciones -200.000 en dos años- sin ninguna garantía y sin respetar mínimamente el derecho constitucional a la presunción de inocencia.
Para el presidente de la organización, Mario Arnaldo, "esta sentencia supone un importante precedente jurídico y el restablecimiento de las necesarias garantías jurídicas que debe presidir cualquier procedimiento sancionador, a la vez que pone una vez más en evidencia la contumaz actuación del Ayuntamiento de Madrid".
Arnaldo anuncia que solicitará a la alcaldesa de Madrid, Ana Botella, la revisión de los más de 200.000 expedientes sancionadores incoados por el Ayuntamiento en los últimos dos años según un sistema que ofrece serias dudas sobre su correcto funcionamiento.
(SERVIMEDIA)
05 Dic 2012
JCV/caa