Laboral

El BOE publica la primera parte de la reforma de las pensiones, que entra en vigor el 1 de enero

MADRID
SERVIMEDIA

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este miércoles la primera parte de la reforma de pensiones, que entrará en vigor el 1 de enero de 2022 y que incluye la revalorización de las pensiones con el IPC y la subida durante 10 años de las cotizaciones sociales.

El BOE recogió hoy la ley de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones, firmada por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, una vez que recibió la aprobación definitiva en el Parlamento.

Con este primer paquete de medidas, acordado en su mayoría entre el Gobierno, las patronales CEOE y Cepyme y los sindicatos CCOO y UGT, se vuelve a la revalorización de las pensiones con el IPC, derogando así el Índice de Revalorización de las Pensiones (IRP) de la reforma de 2013, y no descuenta en los años de inflación negativa.

En concreto, las pensiones se actualizarán tomando la media anual del IPC de los últimos 12 meses previos a diciembre.

También incorpora el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) acordado solo con los sindicatos, sin la patronal, que contempla una subida de las cotizaciones sociales de 0,6 puntos entre 2023 y 2032, a repartir en 0,5 puntos para las empresas y 0,1 para los trabajadores, para dotar el Fondo de Reserva de recursos para afrontar el aumento en el gasto en pensiones. El MEI sustituye el Factor de Sostenibilidad de la reforma de pensiones de 2013, dejando así sin efecto los puntos fundamentales de la misma.

En comisión se incorporaron enmiendas conjuntas de Bildu y ERC por las que el Gobierno deberá llevar a la mesa del diálogo social en un plazo máximo de un año una propuesta para reformar la cuantía de las pensiones mínimas y que se tenga en cuenta la evolución del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

En la ley se especifica que el Ejecutivo “impulsará, en el plazo máximo de un año, las modificaciones normativas necesarias para establecer reglas relativas a la evolución de las pensiones mínimas que tengan en cuenta la evolución del salario mínimo interprofesional, garantizando la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones”.

También se ha incorporado la creación de una Agencia Estatal de la Administración de la Seguridad Social en un plazo de seis meses y la realización en un plazo máximo de seis meses de una auditoría sobre los ingresos por cotizaciones sociales y los gastos de carácter contributivo y no contributivo de la Seguridad Social.

La ley recoge una revisión de los coeficientes reductores de la pensión para las jubilaciones anticipadas siendo mayores para quien se retire en los primeros meses o los últimos dentro de los 24 meses legales que se puede anticipar el retiro, un aumento de la cuantía de la pensión o un pago único por año por retrasar la jubilación de forma voluntaria y la continuidad de la separación de fuentes de financiación, de manera que el Estado va asumiendo progresivamente el déficit de la Seguridad Social.

También se eliminan las cláusulas de jubilación forzosa antes de los 68 años en los convenios colectivos, a excepción de una serie de sectores en los que la ocupación de las mujeres sea inferior al 20%, y se exoneran el 75% de las cuotas empresariales por contingencias comunes en las bajas por incapacidad temporal de los trabajadores a partir de los 62 años con el objetivo de que esas personas puedan seguir activas en el mercado de trabajo y las empresas no tengan barreras para mantenerlas.

(SERVIMEDIA)
29 Dic 2021
MMR/gja