La Audiencia Nacional absuelve a una mujer acusada de ser responsable de una 'txozna' que exhibía fotos de etarras

- Considera que los retratos eran una “protesta” por la dispersión

MADRID
SERVIMEDIA

La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha decidido absolver a Ainhize Muniozguren, a la que se acusaba de un delito de enaltecimiento del terrorismo por ser la responsable de una 'txozna' (caseta de feria) de Zarautz (Guipúzcoa) en la que se exhibieron las fotografias de cinco presos relacionados con ETA y su entorno.

Los magistrados de la Sección Primera de lo Penal, presididos por Manuel Fernández Prado, han decidido absolver a Muniozguren al considerar que no fue la persona que colocó las fotografías y que, además, los retratos se limitaban a expresar “una protesta por el alejamiento con respecto a sus familias y domicilios y por la dispersión por centros penitenciarios”.

La Fiscalía y la acusación ejercida por Dignidad y Justicia solicitaban un año y ocho meses de prisión para la acusada al atribuirle un delito de enaltecimiento del terrorismo.

Los hechos tuvieron lugar entre el 25 y el 27 de junio de 2011, con motivo de la celebración de las fiestas de San Pelayo de Zarautz (Guipúzcoa). La agrupación Jurekin Jai, encargada de organizar las fiestas y previa autorización del Ayuntamiento cursada por Muniozguren, instaló un total de tres txoznas (casetas de feria), cada uno dependiente de una organización diferente.

FOTOGRAFÍAS DE ETARRAS

La sentencia señala que, en la tarde del 25 de junio, “personas no identificadas colocaron en el escenario de conciertos” fotografías de presos de ETA.

Los magistrados reconocen que las fotografías fueron tapadas después de que el Ayuntamiento y la policía municipal se pusieran en contacto con Muniozguren “en su calidad de interlocutora por parte de los organizadores”.

Además, en el interior de una de las casetas, se colocó el retrato de cinco presos de ETA y su entorno con indicación de la distancia que hay con cada una de las prisiones en las que se encuentran encarcelados.

El tribunal de la Audiencia Nacional reconoce que la acusada “carecía de potestad” para retirar estas fotografías, ya que las mismas “se hallaban en el interior de la caseta de una asociación” y señala que la procesada, al ser requerida, se comprometió a localizar a los responsables de la organización. Los retratos fueron finalmente retirados por la Ertzaintza.

“Por su cuenta la acusada dio instrucciones para que las imágenes del escenario se taparan, siguiendo así el criterio policial, al tiempo que trató de localizar al responsable de la caseta para transmitirle el requerimiento”, señala la sentencia.

CRÍTICA A LA DISPERSIÓN

Los magistrados van más allá y consideran que las fotografías y los mensajes que las acompañaban suponían “una protesta por el alejamiento con respecto a sus familias y domicilios y por la dispersión por centros penitenciarios”.

“No hay evidencia alguna de alabanza, elogio o ensalzamiento directo de los crímenes por los que habían sido juzgados o condenados ni de justificación de sus actos”, indica la sentencia antes de hacer mención a “las libertádes ideológicas y de expresión”.

(SERVIMEDIA)
25 Abr 2012
DCD/gja