Función Pública
El Senado aprueba definitivamente la ley para reducir la temporalidad en las Administraciones Públicas
- Las plazas ocupadas por interinos desde antes de 2016 se convocarán por el sistema de concurso en un proceso de carácter excepcional
- Los interinos que no superen el proceso selectivo tendrán derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado hasta un máximo de doce meses
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El Pleno del Senado aprobó este miércoles de forma definitiva el proyecto de ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público por debajo del 8%, que, entre otras medidas, establece que las plazas ocupadas de forma temporal y de manera ininterrumpida desde antes del 1 de enero de 2016 se convocarán por el sistema de concurso en un proceso de carácter excepcional.
De esta manera, el proyecto de ley concluye su trámite parlamentario, después de ser aprobado por el Consejo de ministros el 6 de julio en forma de real decreto ley y posteriormente ser convalidado por el Congreso de los Diputados el 21 de julio, fecha en la que la Cámara Baja decidió tramitar la norma como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia, siendo aprobado el proyecto por dicha Cámara el 2 de diciembre.
Desde el Ministerio de Hacienda y Función Pública destacaron que la norma “además de haberse enriquecido con el diálogo en las Cámaras entre los diferentes grupos políticos, se ha negociado con los representantes de los trabajadores del sector público y también con los diferentes niveles de la Administración”.
Así, el texto original proviene de un acuerdo refrendado en la Mesa General de Negociación con los sindicatos CC OO, UGT y CSIF, así como del debate dentro de la Conferencia Sectorial de la Administración Pública y de las reuniones de la Comisión Coordinadora del Empleo Público, en las que participan tanto las comunidades autónomas como la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP).
El objetivo de la ley que se ha aprobado hoy en el Senado es reducir la temporalidad del conjunto de las Administraciones por debajo del 8%, una ratio que actualmente cumple la Administración General del Estado, pero no otros ámbitos territoriales. Se trata, además, de uno de los compromisos adquirido con la Unión Europea a través de las reformas contenidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y supone también cumplir con las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo.
MEDIDAS
Entre las medidas que contempla el proyecto de ley destaca que las Administraciones Públicas deberán ofertar, antes del 1 de junio de 2022, las plazas de trabajadores temporales que están actualmente ocupadas, mientras que los procesos selectivos deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.
Un proceso de concurso-oposición será el que dará acceso a estas plazas, de forma que la fase de concurso ponderará un 40% y la experiencia será el elemento determinante en la valoración. Además, los ejercicios de la fase de oposición podrán considerarse no eliminatorios.
Asimismo, las diferentes Administraciones podrán adaptar el temario y el tipo de pruebas para la estabilización del empleo, según consideren más apropiado para cada ámbito.
Las plazas que hubieran estado ocupadas con carácter temporal de manera ininterrumpida desde antes del 1 de enero de 2016 se convocarán por el sistema de concurso de manera excepcional. Esto significa que las plazas estructurales de la Administración que lleven al menos cinco años ocupadas de forma interina, así como las ocupadas por personas interinas que lleven más de cinco años empleadas en la Administración se convocarán a través de este proceso extraordinario para su estabilización.
El personal interino que no supere este proceso selectivo tendrá derecho a una indemnización de veinte días por año trabajado hasta un máximo de doce meses, y se incorporarán a una bolsa de empleo específica.
La aplicación de la norma alcanzará a todos los niveles de la Administración, a todas las sociedades mercantiles públicas, a las entidades públicas empresariales, a las fundaciones y los consorcios del sector público, por lo que el proceso de regularización se efectuará en todos esos ámbitos, sin perjuicio de que pueda adecuarse a su normativa específica.
Tanto el personal funcionario como el laboral, siempre que cumpla las condiciones requeridas, se beneficiará de la estabilización que recoge la ley.
(SERVIMEDIA)
22 Dic 2021
IPS/clc