El TS absuelve a la Asociación de Dietistas por poner en duda los adelgazamientos de Naturhouse
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La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha desestimado definitivamente la demanda interpuesta por la empresa Naturhouse contra la Asociación Española de Dietistas y Nutricionistas (AEDN) y contra su presidente, Giusseppe Russolillo, a los que acusaba de vulnerar su honor por poner en tela de juicio sus métodos de adelgazamiento y decir que ponía en peligro la salud de sus clientes.
Los hechos se remontan a mayo de 2008, cuando Russolillo dijo públicamente que “gran parte de los técnicos” de Naturhouse no están preparados, que la eficacia de muchos de sus productos “no está demostrada científicamente”, que su publicidad es engañosa y que ponen en peligro la salud de sus clientes. La empresa demandó a AEDN y su presidente y solicitó una indemnización de 300.000 euros por intromisión en su honor.
Los magistrados de la Sala de lo Civil del Supremo, presididos por Juan Antonio Xiol Ríos, han dado ahora la razón a la Asociación y han desestimado la demanda de Naturhouse al considerar que en el presente caso debe prevalecer la libertad de expresión.
El Alto Tribunal entiende que las palabras de Russolillo se enmarcan dentro de esta libertad de expresión ya que contienen unas “opiniones y juicios de valor de fuerte contenido crítico” sobre la actuación de Naturhouse pero que eran de “una indiscutida relevancia pública e interés general” por la materia afectada, que no es otra que “la salud pública y el bienestar de la ciudadanía ante el riesgo de determinadas dietas de adelgazamiento”.
“El requisito de la veracidad no es exigible cuando se ejercita fundamentalmente la libertad de expresión, especialmente en casos como el presente, en que las manifestaciones en ningún caso hacían referencia a situaciones o productos concretos”, señala la resolución.
El Supremo también concluye que las expresiones utilizadas por el presidente de la Asociación Española de Dietistas y Nutricionistas no fueron ni injuriosas, ni insultantes ni desproporcionadas. Estas expresiones deben valorarse en el contexto de “la pugna que desde hace años mantiene enfrentados a dietistas-nutricionistas con la multinacional recurrente”. Los magistrados concluyen que las palabras de Russolillo se produjeron “en el ámbito de la discrepancia científica”.
(SERVIMEDIA)
16 Abr 2012
DCD