Tribunales
La Audiencia de Valencia archiva la causa del ‘pitufeo’ para otros tres miembros del equipo de Rita Barberá
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La Audiencia Provincial de Valencia ha acordado el archivo provisional de la causa del ‘pitufeo’ para otros tres miembros del equipo de Rita Barberá, después de hacerlo ayer para 13 de los exconcejales y exasesores del PP en Valencia que fueron procesados por presunto blanqueo de capitales en las elecciones locales de 2015, por la “notoria ausencia de indicios” de delito.
El tribunal estimaba así su recurso de apelación y sobresee el procedimiento contra María Jesús Puchalt, Francisco Lledó, Vicente Igual, Silvestre Senen, María Dolores Cubells, Juan Pedro Gómez, Ignacio Pou, José Navarro, Andrés Rodríguez, Lourdes Bernal, Félix Crespo, Beatriz Simón y Manuel Mas.
En su decisión de ayer el tribunal aseguraba que “en modo alguno puede sostenerse más allá del espacio de la mera sospecha que los apelantes recibieron el dinero sucio propuesto y consumaron con esta acción el injusto típico característico del delito imputado”. Contra estos autos no cabe recurso.
Este miércoles la Audiencia de Valencia ha comunicado cuatro nuevos autos. En tres de ellos, la Sala decreta el archivo provisional de la causa para dos exconcejalas y un asesor del grupo municipal popular en el Ayuntamiento de Valencia, Ana María A.B. Irene B.J. y Alejandro A.F.Ch.R., al considerar que no existen indicios de que cometieran un delito de blanqueo de capitales durante la campaña para las elecciones municipales de 2015.
Estos tres investigados se suman a los 13 antes citados respecto de los cuales el mismo tribunal ha decretado el sobreseimiento provisional de las diligencias por ese mismo delito, tras estimar sus recursos de apelación contra el auto de procedimiento abreviado dictado en octubre pasado por el Juzgado de Instrucción 18 de Valencia.
Además, la Sección Cuarta de la Audiencia ha notificado este miércoles un cuarto auto en el que estima solo en parte el recurso de apelación de la que fuera secretaria del grupo popular en el Ayuntamiento, María Carmen G.G. Así, en su caso revoca el auto de procedimiento abreviado dictado por el instructor exclusivamente en la parte relativa al blanqueo de capitales, pero establece que siga la causa contra ella por la “supuesta percepción de dinero de origen desconocido pero vinculado no obstante a cobros de empresas por trabajos no demostrados o realizados con sobrecoste” en la campaña electoral de 2011.
A juicio del Tribunal, existe un “substrato que permite atribuir racional e indiciariamente la consideración de dinero procedente de una actividad delictiva al dinero descubierto a través de las notas manuscritas, poseído y manejado por la apelante sin haber aportado una explicación coherente que descarte los mencionados indicios”.
(SERVIMEDIA)
15 Dic 2021
SGR/clc