Tribunales
La Sala de lo Penal de la AN confirma la imputación de Iberdrola Renovables por encargos al comisario Villarejo
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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado la decisión del pasado 9 de julio del juez instructor del ‘caso Tándem’, Manuel García Castellón, de citar como persona jurídica investigada a Iberdrola Renovables Energía SA por delito de cohecho en relación con la presunta contratación del comisario jubilado José Manuel Villarejo con el fin de llevar a cabo una investigación a la sociedad suiza Eólica Dobrogea.
En dos autos, los magistrados de la Sección Tercera desestiman los recursos de apelación presentados por el presidente y consejero delegado de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán, y por Iberdrola Energías Renovables SA, recursos a los que se opuso la Fiscalía Anticorrupción.
En su escrito, Sánchez Galán solicitaba la rectificación de dos cuestiones que aparecían en el auto de 9 de julio en relación con el exdirectivo de esta compañía José Antonio del Olmo Ruiz, y que se trataban, según aquel, de errores materiales.
La Sala rechaza el recurso y explica que el escrito presentado por Galán en el juzgado solicitando la rectificación material, al tratarse de dos declaraciones de la fundamentación jurídica “sin trasunto en la parte dispositiva, como se reconoce en el recurso, a criterio del tribunal debe decaer, dada la provisionalidad de la resolución combatida y la finalidad perseguida por el instructor con su dictado”.
En relación con el recurso de Iberdrola Renovables, el tribunal desestima los argumentos expuestos por la compañía y considera que los hechos contenidos en el auto en el que se le atribuye la condición de investigada contiene la motivación o fundamentación suficiente.
En otro auto, la Audiencia revoca el sobreseimiento acordado en el mismo auto de 9 de julio respecto del exdirectivo de Iberdrola Juan Antonio del Olmo, al tiempo que revoca también la decisión del instructor de retirar la condición de acusación particular de Iberdrola SA.
La resolución de la Sala atiende así los recursos presentado por Iberdrola y considera que las decisiones adoptadas en tal sentido por el juez central de instrucción seis resultaron prematuras.
A juicio de los magistrados , el instructor debe determinar si el documento cuya manipulación se atribuye a Juan Antonio Ruiz del Olmo (informe de Control de Funciones Corporativas a la Dirección de Administración, Control y Regulación de Iberdrola sobre contabilización de facturas anómalas por la Dirección de Seguridad Corporativa de 1 de diciembre) le resulta necesario para la investigación de los hechos objeto de esta pieza separada o para corroborar las declaraciones que, como testigo, pudiera efectuar el exdirectivo sobre los hechos objeto de investigación.
En caso afirmativo, añade, el pronunciamiento sobre la posible falsedad de ese documento o inveracidad de lo manifestado por el testigo, deberá posponerse hasta la conclusión de la investigación y, en caso de producirse, del enjuiciamiento de los hechos supuestamente delictivos por los que se sigue esta pieza separada.
Para la Sala, si el instructor concluyera que el documento tachado de falso o manipulado fuera ajeno a la investigación de esta pieza, deberá entonces dictar resolución motivada susceptible de ser atacada mediante los recursos establecidos en la ley, apartando de esta pieza la querella interpuesta por Iberdrola contra Del Olmo para que el órgano judicial competente inicie la correspondiente investigación o establezca la posible prescripción de los hechos.
(SERVIMEDIA)
15 Nov 2021
SGR/clc