El Supremo condena a Bankinter a pagar 90.000 euros a un cliente por una estafa que no supo prevenir

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha condenado a Bankinter a pagar a un cliente los 117.000 dólares (cerca de 90.000 euros) que le fueron sustraidos de su cuenta al concluir que la entidad bancaria no cumplió con su obligación contractual de prevenir la estafa.

Los hechos tuvieron lugar el 9 de abril de 2003, cuando una persona que se hizo pasar por el titular de la cuenta remitió a la sucursal de Bankinter de la calle López de Hoyos de Madrid una orden para transferir un total de 117.000 dólares a una cuenta del Banco UBS de Zurich (Suiza).

La entidad bancaria realizó la transferencia a pesar de que la orden llevaba una firma falsa, no iba acompañada del número de pasaporte del cliente y su apellido estaba mal escrito. El cliente, un ciudadano venezolano residente en Estados Unidos, decidió interponer una demanda contra Bankinter.

Los magistrados de la Sala de lo Civil, Juan Antonio Xiol, han decidido ahora desestimar el recurso presentado por Bankinter y confirmar las sentencias condenatorias dictadas por los tribunales de instancia.

El Alto Tribunal ha concluido que Bankinter vulneró el contrato firmado con el cliente al incumplir la “obligación esencial” de “conservar los fondos depositados”, según consta en la sentencia hecha pública hoy.

Los magistrados rechazan el argumento de Bankinter, que alegó que la negligencia no fue suya, sino del cliente, ya que la persona que suplantó su identidad tenía a su disposición “datos del titular de la cuenta que solo éste debería conocer”.

Además de tener que abonar los 117.000 dólares sustraidos de la cuenta más los intereses, Bankinter deberá pagar al cliente los 592 dólares que le cobraron en concepto de gestión por realizar la transferencia que resultó ser una estafa.

(SERVIMEDIA)
22 Dic 2011
DCD/jrv