Madrid. El Cermi denuncia que la Comunidad no sanciona el incumplimiento legal de accesibilidad
- Estudia llevar esta inacción ante el Defensor del Pueblo
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El Comité de Entidades de Representantes de Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid (Cermi Madrid) estudia denunciar ante el Defensor del Pueblo la "inacción" de la Dirección General de Vivienda de la región, que, según la entidad, no ha impuesto ninguna sanción por incumplimiento de la ley en lo relativo a accesibilidad en los 12 años en que la norma lleva en vigor.
El citado comité indicó este miércoles en una nota que desde 1999, cuando entró en vigor el reglamento que regula el Régimen Sancionador de la Ley de Supresión de Barreras de la Comunidad de Madrid, ninguno de los 333 expedientes abiertos por esta causa ha terminado en sanción.
Es más, prosigue el comité, en algún caso el hecho denunciado ha llegado incluso a prescribir, lo que resulta "inconcebible" ante la autoproclamada misión de las administraciones públicas de promover, impulsar y fomentar la adopción de medidas adecuadas en materia de accesibilidad, en favor de la inclusión y en contra de toda discriminación.
Ante esta situación, Cermi Madrid se plantea llevar al Defensor del Pueblo la "inacción" de la Dirección General de Vivienda para instar a los ayuntamientos y a la Comunidad a cumplir con lo establecido en la Ley de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras.
Y es que, asegura la entidad, las personas con algún tipo de discapacidad continúan viviendo auténticas odiseas en su día a día, tratando de vencer las barreras presentes en autobuses interurbanos, ascensores de metro averiados, aceras-bici que ponen en riesgo su seguridad y carencias en materia de accesibilidad de muchas de las calles de los diferentes municipios madrileños.
Sin embargo, finaliza, "estos obstáculos, excluyentes y discriminatorios, pasados por alto por parte de la Dirección General de Vivienda y por la propia Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (...), son vistos como de carácter menor y, por tanto, a resolver con mayor o menor fortuna, pero, en ningún caso, a sancionar".
(SERVIMEDIA)
21 Dic 2011
IGA/caa