Pandemia

La Comunidad de Madrid publica la orden que elimina las restricciones de aforo

MADRID
SERVIMEDIA

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid publicó este sábado la orden 1244/2021, de 1 de octubre, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 y que elimina las restricciones de aforo en toda la actividad económica y social en la región.

Según el texto, la orden tendrá efectos desde las 00.00 horas del día 4 de octubre de 2021 y mantendrá su vigencia hasta que el Gobierno de España declare la finalización de la situación de crisis sanitaria.

Ante la evolución de la incidencia acumulada a la baja en la región y la amplia cobertura de vacunación, Madrid ha decidido suprimir con carácter general para todos los sectores de actividad económica o social la limitación de las restricciones de aforo, tanto interior como exterior, debiendo respetarse las medidas preventivas de higiene generales.

En el ámbito de la hostelería y restauración también se elimina el límite del número de comensales por mesa en el interior y exterior.

De igual modo, se suprimen los aforos en los lugares de culto, celebraciones religiosas, instalaciones funerarias, establecimientos comerciales, bibliotecas, museos, cines, teatros, equipamientos culturales, espectáculos recreativos y culturales, instalaciones deportivas.

Por otro lado, el uso de la mascarilla para mayores de seis años, siguiendo la normativa estatal, se mantiene como hasta ahora.

Es obligatorio en espacios cerrados, mientras que se recomienda llevarla puesta en el exterior cuando no se pueda mantener la distancia interpersonal, así como adoptar las medidas de prevención ya conocidas como el lavado frecuente de manos y la ventilación cruzada.

OCIO NOCTURNO

En lo que respecta al ocio nocturno, la Comunidad de Madrid también elimina las restricciones de aforo y se permite la instalación de mesas altas para el consumo de pie por los clientes, guardando en todo caso la distancia interpersonal. En lo que se refiere a la actividad de baile, de momento sólo está permitido al aire libre, si bien en las pistas podrán instalarse mesas o mesas altas.

La supresión del límite de aforo también se extiende a espectáculos culturales y recreativos, festejos taurinos y eventos deportivos, tanto si se desarrollan al aire libre como en interior. En todos estos espacios se respetarán las medidas generales de higiene y seguridad.

(SERVIMEDIA)
02 Oct 2021
AHP/gja