Economía circular
El Gobierno quiere que los ciudadanos devuelvan envases de bebidas y latas a los comercios
- Los establecimientos comerciales cobrarían un depósito mínimo de 10 céntimos por envase
- Agua potable en fuentes y frutas y verduras sin envases, otras propuestas
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El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico prepara un real decreto de envases y residuos de envases con el que pretende establecer un sistema de depósito, devolución y retorno al comercio de envases de bebidas de plástico de un solo uso y latas.
Así figura en un proyecto de real decreto que Transición Ecológica abrió este martes a información pública para que las personas o entidades interesadas formulen alegaciones y cuyo plazo vencerá el próximo 28 de octubre.
Algunas organizaciones ambientales apuestan por implantar en España un sistema de depósito, devolución y retorno para recuperar y gestionar los envases que se ponen en el mercado, que equivale a la práctica llevada a cabo hasta los años 80 del siglo pasado de 'devolver el casco'. Es decir, los consumidores que compran un producto pagan una cantidad adicional de dinero (depósito) que les será reembolsada al devolver el envase o producto al comercio.
El proyecto de real decreto prevé que sea obligatorio que los envases reutilizables se pongan en el mercado mediante sistemas de depósito, devolución y retorno, y que sean los envasadores los que fijen el precio del depósito.
Esto ya se viene haciendo para los envases empleados para agua, bebidas refrescantes y cerveza en el ámbito de hostelería, restauración y catering. El objetivo es extenderlo también para el resto de los envases reutilizables, ya sean empleados en el canal doméstico como en el ámbito comercial o industrial.
DOS AÑOS PARA IMPLANTAR EL SISTEMA
Para los envases de un solo uso será obligatorio para botellas de plástico de un solo uso y latas de bebidas (aguas, zumos, bebidas refrescantes y cervezas) cuando no se cumplan unos objetivos intermedios de recogida separada de botellas de plástico de un solo uso para bebidas de menos de tres litros: 70% en 2023 y del 85% en 2027.
En ese caso, los envasadores dispondrán de un plazo de dos años para implantar el sistema. Si bien el precio del depósito se fijará libremente, deberá ser como mínimo de 10 céntimos por envase.
Con el fin de impulsar la reutilización de residuos, Transición Ecológica quiere facilitar que se suministren envases reutilizables en el punto de venta y permitir que el consumidor lleve los suyos para que sean rellenados siempre que estén limpios y sean adecuados, si bien pueden ser rechazados por los establecimientos si se encontraran sucios o no fueran apropiados.
Asimismo, los comercios minoristas deberán ofrecer un número mínimo de referencias de bebidas en envases reutilizables en un plazo de entre 12 y 18 meses desde la aprobación del real decreto, dependiendo del tamaño del establecimiento.
Por ejemplo, para cervezas, bebidas refrescantes, aguas envasadas, etc., el comercio tendrá que ofrecer tres referencias de envase reutilizable para el total de la categoría de bebidas si la superficie comercial es inferior a 300 metros cuadrados o siete si su superficie es mayor de 2.500 metros cuadrados. El comercio tendrá que prestar el servicio de retorno del envase vacío.
AGUA POTABLE EN FUENTES
La prevención es la prioridad en la jerarquía de residuos. Por ello, el proyecto de real decreto incorpora los objetivos de reducción incluidos en la Estrategia Española de Economía Circular al flujo específico de los envases y recoge como objetivo concreto en 2030 reducir a la mitad las botellas de plástico de un solo uso, tomando como referencia la información comunicada el segundo año a la nueva sección de envases en el Registro de Productores de Producto.
Para lograr estos objetivos, la norma establece el fomento del consumo de agua potable mediante fuentes -impulsando su implantación en las dependencias de la administración o en espacio públicos- y el uso de alternativas reutilizables a los envases de un solo uso en eventos culturales o deportivos que cuenten con el apoyo de las administraciones públicas.
Por su parte, los comercios minoristas deberán presentar las frutas y verduras frescas sin envases de plástico para pesos inferiores a 1,5 kilos y fomentarán la venta de productos frescos a granel. Además, si la superficie de venta es mayor de 300 metros cuadrados, los comercios deberán informar a los clientes sobre las repercusiones ecológicas de los envases y su forma de gestión.
OBJETIVOS DE DISEÑO Y RECICLADO
La norma incorpora los objetivos de reciclado establecidos a nivel comunitario para los residuos de envases, tanto globales (65% en 2025 como 70% en 2030) como por materiales. Para fomentar el reciclado y la utilización de materias primas secundarias de calidad en la fabricación de nuevos envases, en especial de los plásticos, el texto incluye que los envases de este material contengan un porcentaje de plástico reciclado.
Para los envases PET estos porcentajes habrán de ser del 25% en 2025, y para todos los plásticos, del 30% en 2030. También se recoge un contenido mínimo de plástico reciclado por tipo de producto, que pueden ir desde un 15% para botes, tarrinas y bandejas, un 25% en envases primarios tipo bolsas, hasta 60% en palés.
También se establecen objetivos de recogida separada para los envases domésticos para 2025, 2030 y 2035, globales y por materiales, y objetivos globales para los envases comerciales e industriales en ese mismo horizonte temporal.
RESPONSABILIDAD AMPLIADA DEL PRODUCTOR
Además, se extiende la aplicación de la responsabilidad ampliada del productor a los envases comerciales e industriales, que hasta ahora sólo se les aplicaba con carácter muy limitado: obligatoriamente para los envases de productos fitosanitarios o con carácter voluntario para el resto. Esto implica que los envasadores que usen este tipo de envases tendrán que hacerse cargo de organizar y financiar la gestión de sus residuos.
Entre las novedades para los envases domésticos se encuentra que los productores afectados –los envasadores– tendrán que asumir el coste total de la de gestión de los residuos de envases recogidos separadamente y parcialmente los asociados a los presentes en la fracción resto.
Para los casos en los que las entidades locales intervengan en la gestión de los residuos de envases, se deberá suscribir un convenio con los sistemas de responsabilidad ampliada. Se prevé también un mecanismo de resolución de conflictos para los casos de no acuerdo.
Por primera vez se introducen medidas para impulsar el ecodiseño de envases. Así, se regulan criterios, basados en los principios de la economía circular, de bonificación o penalización que deben aplicarse en la financiación que aporten los productores a los sistemas colectivos, según las características de diseño de los envases.
(SERVIMEDIA)
28 Sep 2021
MGR/nbc