La Audiencia Nacional absuelve al último acusado del 11-M
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La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto a Moutaz Almallah Dabas, propietario de la casa de la calle Virgen del Coro de Madrid donde celebraban reuniones varios de los condenados por el 11-M, y al que se acusaba de colaboración con organización terrorista en el último juicio por los atentados de Madrid.
Los magistrados de la Sección Segunda de lo Penal, presididos por Fernando García Nicolás, consideran probado Moutaz alquiló el domicilio donde “se efectuaban reuniones de adoctrinamiento y de exposición de planteamientos yihadistas” y en las que estuvieron presentes varios de los responsables de los atentados del 11-M, pero entienden que no se puede demostrar que facilitará voluntariamente la vivienda para estos fines. La Fiscalía pedía un total de ocho años de cárcel para él.
En este sentido, el tribunal indica que no se ha probado que facilitará “un lugar donde practicar dichas reuniones” o que participará en ellas “en un papel relevante”. “No ha quedado acreditado que el acusado llevara a cabo actividades de favorecimiento del terrorismo islamista, como participar en labores de captación o adoctrinamiento”, señala la sentencia hecha pública hoy.
REUNIONES DEL 11-M
Si ha quedado probado que en las reuniones de la vivienda de Virgen del Coro participaban varios de los suicidas de Leganés, como Asri Rifat Anouar, los hermanos Rachid y Mohamed Oulad Akcha, Allekema Lamari y Serhane Ben Abdemajid, “El Tunecino”, que ejercía como líder del grupo.
También se ha demostrado que su vivienda llegó a estar ocupada por Basel Ghalyoun y el marroquí Fouad El Morabit, condenados por los atentados del 11-M. La resolución señala asimismo que Moutaz mantenía intensas relaciones con Imad Eddin Barakat Yarkas, alias “Abu Dahdah”, el que fuera líder de Al Qaeda en España.
Pero los magistrados, acudiendo a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, señalan que para condenar a alguien por delitos de terrorismo “es preciso constatar la existencia de una decisión individualizada de pasar a la acción adoptada por el acusado”.
PRUEBAS INSUFICIENTES
Esta actividad debe traducirse “en algún acto externo, consistente al menos en el establecimiento de unas relaciones caracterizadas por criterios organizativos y que estén orientadas a facilitar la satisfacción de las finalidades propias mediante su imposición violenta a terceros”.
La Sala Segunda de lo Penal concluye que los indicios aportados contra Moutaz “situarían la actividad del acusado a las puertas de una colaboración con organización terrorista” pero indica que “no se encuentra prueba de cargo suficiente para entender acreditado que el acusado llevara a cabo actividades concretas de favorecimiento de l terrorismo islamista”.
La Sala Segunda de lo Penal destaca en este sentido que el hermano de Moutaz, Mouhammad Almahad Dabbas, aunque fue condenado a 12 años de cárcel por hechos similares en el juicio que la Audiencia Nacional celebró por los atentados del 11-M, fue posteriormente absuelto por el Tribunal Supremo. Moutaz, sirio nacionalizado español, fue detenido en Londres el 18 de marzo de 2005 y entregado a España en marzo de 2007.
(SERVIMEDIA)
18 Oct 2011
DCD