Ampliación
Empresas

El Gobierno permitirá alargar los plazos de los préstamos ICO de 8 a 12 años y fijar quitas de hasta el 75% en deuda con aval público

-Para acceder a rebajas en la financiación con aval público las empresa y autónomos deberán sufrir pérdidas en 2020, fuertes caídas de ingresos y existir un acuerdo global para las quitas con la banca

MADRID
SERVIMEDIA

El Gobierno permitirá a empresas y autónomos extender los préstamos recibidos con avales del Instituto de Crédito Oficial (ICO) desde los 8 años máximos a 12 años, ampliar el periodo de carencia en su pago más allá de los dos años e, incluso, acceder a quitas en la financiación con garantía pública de hasta el 75% gracias a la puesta en marcha de un código de buenas prácticas para favorecer la reestructuración de deuda de empresas y autónomos.

Su elaboración ha sido aprobada este martes por el Consejo de Ministros y, según ha detallado la ministra portavoz y de Hacienda, María Jesús Montero, durante la rueda de prensa posterior, será de adhesión “voluntaria” para las entidades financieras, que dispondrá de un mes para comunicar si lo siguen a la secretaría general del Tesoro y Financiación Internacional.

A pesar de la voluntariedad, indicó se divulgará qué entidades lo siguen para “estimular el buen hacer” o la adhesión para “hacer viable” negocios y empresas y que su actuación “pueda ser garantía de solvencia de muchas empresas de nuestro tejido productivo”. Supone en sí un estímulo para seguirlo, ya que quedará en evidencia las que son receptivas a reestructurar la deuda conforme al código y las que se quedan fuera, de las que se realizará otro listado.

Se trata de un protocolo establecido a semejanza del código de buenas prácticas impulsado en la anterior crisis para abordar reestructuraciones de deuda hipotecaria, que pone la letra pequeña para actuar con el fondo de 3.000 millones de euros incluido dentro del pack de 11.000 millones en medidas de ayuda y apoyo a la solvencia de empresas y autónomos. Su foco son sectores muy golpeados por la crisis derivada del Covid, pero viables y que reúnan criterios objetivados de negocios y resultados.

La máxima es que el sector financiero y también el resto de organismos públicos que han concedido financiación u avales puedan implicarse y puedan cooperar en el apoyo a las empresas viables con problemas puntuales de sobreendeudamiento.

No en vano será de aplicación en financiaciones con garantía del ICO, de CESCE y de la Compañía Española de Reafianzamiento (Cersa) y para que ellos asuman la reestructuración, el resto de acreedores y entidades financieras deberán asumir también la parte correspondiente en todas las decisiones que se tomen de extensión de los créditos, de conversión en créditos participativos o posibles reestructuraciones si se quiere mantener el aval público.

Sólo en ICO, Montero indicó que se han facilitado 96.000 millones de euros en avales, que han servido para movilizar 126.000 millones en créditos en más de un millón de operaciones de liquidez, siendo el 98% en favor de pymes y autónomos.

“Las que lo suscriban se comprometen a estudiar la situación financiera particular de las empresas y autónomos que soliciten adherirse a este mecanismo y cojan financiación con aval público”, explicó. Para poder acogerse al mismo se exigirán a las empresas y autónomos que su facturación haya caído, al menos, un 30%.

CAÍDAS MÍNIMAS DEL 30% EN INGRESOS

Este código establece como tres niveles de actuación. En un primer estadio se atendería a la reestructuración de la deuda con ampliación de los plazos en la financiación con aval público, algo que será obligatorio para la banca si se ha adherido al código y la empresa o autónomo cumple los requisitos.

El solicitante no podrá estar en mora de ninguno de los préstamos que tenga suscritos con la entidad, ni estar en procedimiento concursal y haber registrado una caída de la facturación en 2020 respecto a 2019 de, al menos, el 30%. En los casos en que no se cumpla el requisito de caída mínima de la facturación, será posible la ampliación del vencimiento por acuerdo entre las partes, como también lo será la extensión del periodo de carencia.

En una segunda etapa se prevé la conversión de la deuda en créditos participativos, que mantendrán tras la conversión el aval público, y en último momento y, en situaciones “excepcionales”, cabe la opción de establecer quitas. Precisamente, para esta última situación es para la que se ha habilitado el fondo de 3.000 millones.

Ahora bien, el organismo público (ICO, Cersa o Cesce) solo asumirá la quita si también lo hacen el resto de acreedores de forma que se alcance un acuerdo de negociación de toda la deuda, avalada y no avalada.

Aquí la norma establece dos umbrales: la quita podrá ser del 50% del principal avalado pendiente de cada operación si la caída de la facturación de la empresa o autónomo en 2020 fue inferior al 70% y de hasta 75% del importe avalado si fue superior al 70%. En todos los casos, para optar a estas transferencias, la empresa o autónomo deberá haber registrado una caída de la facturación en 2020 del 30% y la cuenta de pérdidas y ganancias tendrá que haber presentado un resultado negativo después de impuestos en el año 2020.

Las entidades financieras deberán asumir la parte proporcional de la reducción del préstamo, y el abono de las transferencias se realizará por orden de comunicación, estando limitado al agotamiento de los fondos establecidos para cada uno de los organismos que han concedido préstamos avalados: 2.750 millones de euros para avales gestionados por ICO; 100 millones para avales de Cesce y 150 millones para avales gestionado por CERSA.

ACUERDO CON TODOS LOS ACREEDORES

En general, el plazo máximo para la ejecución de los acuerdos de reducción de deuda y comunicación de las transferencias a los organismos concedentes de los avales es el 1 de diciembre de 2022. Las entidades se comprometen además a “mejorar la coordinación” con otras entidades financieras con las que el autónomo o empresa mantenga una deuda financiera para ofrecerle alternativas a los clientes para mantener su solvencia y viabilidad. Asimismo, estarán obligados a mantener abiertas las líneas de circulante hasta el 31 de diciembre del 2022 a empresas o autónomos a los que reestructuren su deuda.

Este mecanismo para reestructuraciones de deuda forma parte del paquete de 11.000 millones, de los que 7.000 millones serán ayudas directas para sufragar costes fijos de autónomos y empresas y se canalizarán a través de las comunidades autónomas.

Los negocios y empresarios podrán obtener con cargo al mismo aportaciones desde 3.000 euros para los autónomos a un rango de 4.000 a 200.000 euros para empresas y podrán cubrir costes fijos financieros y no financieros, tales como gastos fijos, deudas financieras y no financieras, facturas con proveedores o suministros energéticos, siempre que justifiquen caídas de ingresos de, al menos, el 30% y sean negocios solventes.

El tercer compartimento o fondo de este paquete global es un fondo de 1.000 millones de euros gestionado por Cofides, organismo dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para recapitalizar empresas.

El vehículo contará con distintos instrumentos de endeudamiento de capital y cuasi capital para reforzar los balances de las empresas, y será para aquellas compañías que no puedan acceder al fondo de apoyo a empresas estratégicas gestiona por la SEPI.

(SERVIMEDIA)
11 Mayo 2021
ECR/gja