163 AÑOS DE CARCEL PARA UN CONDUCTOR DEL SERVICIO DE BASURAS DE MADRID QUE DISPARO CONTRA LOS CLIENTES DE UN BAR
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La sección séptima de la Audiencia de Madrid ha condenado a 163 años de prisión a Eladio Gil Nogales, un conductor del servicio de recogidas de basura que el 17 de noviembre de 1983 entró en un bar y disparó indiscriminadamente sobre los clientes, causando la muerte del propietrio del local, Lorenzo García, e hiriendo a otras ocho personas.
El tribunal, que considera al procesado autor de los hechos por los que el fiscal reclamaba 144 años de cárcel, estima que los constituyeron un delito de asesinato consumado y ocho de asesinato frustrado y dictamina la detención inmediata de Gil Nogales, que se encontraba en libertad después de haber cumplido el tiempo de permanencia máxima en prisión provisional.
Según la sentencia, el acusado llegó en su automóvil alrededor de las20,00 horas del día citado a la puerta del bar "Los Pepes", en la calle de San Florencio, y frenó de forma estrepitosa.
Alertados por el ruido, los clientes se asomaron para ver qué había sucedido, momento en el que el procesado bajó del coche en notable estado de embriaguez.
Una vez dentro del local, Eladio quiso invitar a todos los presentes a una ronda, pero nadie le tomó en serio e incluso el propietario le invitó a acomodarse en una esquina de la barra para que pasara desapercibido.
Est aumentó su agresividad y, tras insultar a los clientes y amenazarles de muerte, salió del local y se dirigió a su coche, donde cogió una escopeta de cañones recortados, que llevaba porque había pasado el día cazando.
Gil Nogales volvió al bar y, desde el mismo umbral de la puerta, cmenzó a disparar a los clientes. Después se dirigió a la cocina, donde se encontró con Lorenzo García, contra el que disparó a bocajarro en la cadera, causándole heridas que provocaron su muerte dos semanas más tarde.
El resto de los heridos recibieron impactos en zonas vitales, por lo que el tribunal contempla una intención de causar la muerte a sus víctimas.
Los clientes consiguieron reducir a golpes de banquetas al agresor, que quedó tendido en el suelo inconsciente hasta la llegada de la policía.
La defensa del procesado solicitó la absolución de su representado por creer que fue vícitma de un trastorno mental transitorio, debido a la gran cantidad de alcohol que bebió ese día, y añadió que el disparo que lcanzó al propietario se produjo de forma accidental, al intentar desarmar a Eladio, y que la muerte le sobrevino como consecuencia de las complicaciones derivadas de anteriores enfermedades.
Por el asesinato consumado, el tribunal condena al procesado a 26 años, 8 meses y 1 día de reclusión mayor e impone una pena de 17 años, 4 meses y 1 día por cada uno de los ocho asesinatos frustrados, mientras que establece unas indemnizaciones que suman un total de 26.650.000 pesetas.
(SERVIMEDIA)
13 Feb 1992
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